ADQUISICION DE REACTIVOS PARA QUIMICA INMUNOQUIMICA INFECCIOSAS ELECTROLITOS Y GASES SANGUINEOS CON APOYO TECNOLOGICO PA...
$169.721,08
Subasta Inversa Electrónica Bienes
Sin competencia (1 oferente)
ocds-5wno2w-SIE-HGMYM-059-2023-82169 Ver en SERCOP Etapa de licitación
Las actividades llevadas a cabo para celebrar un contrato.
Información de licitación
CompletadoValor máximo estimado $169.721,08
Método de adquisición Subasta Inversa Electrónica
Categoría Bienes
Criterios de adjudicación Criterio calificado
Períodos
Período de licitación
Inicio: 07/06/2023
Fin: Sin información
Período de consulta
Inicio: 07/06/2023
Fin: 12/06/2023
Período de adjudicación
Fin: 12/07/2023
Licitadores: 1
Preguntas y respuestas: 8
P: Estimada institución, por favor aclarar en las especificaciones técnicas y pliegos que las certificaciones BPM/ISO/INEC etc, no son acumulativas, es decir se puede presentar cualquier de ellas.
R: Estimados Señores, las certificaciones pueden ser Certificado BPM u otras certificaciones de calidad ISO, INEC, etc., es decir pueden presentar cualquiera de ellas.
09/06/2023
P: Se consulta si, en observancia del artículo 382 de la Codificación de Resoluciones del Servicio Nacional de Contratación Pública, que permite la entrega de productos con fecha de caducidad menor a 12 meses cuando su naturaleza así lo justifique y, tomando en cuenta que todos los productos están respaldados por una garantía de canje se podrán entregar reactivos con fechas de caducidad de hasta 6 meses?
R: Señores, si es posible, siempre y cuando estén debidamente justificados.
09/06/2023
P: Estimados señores, por favor aclarar que el segundo equipo requerido no tendrá que ser nuevo siempre que cumpla con el principio de vigencia tecnológica.
R: Estimados Señores, el segundo equipo solicitado deber ser igual al equipo principal nuevo o remanufacturado y que este dentro de la vigencia tecnológica.
09/06/2023
P: De acuerdo con el quinto inciso del artículo 55 del Reglamento a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, en los pliegos no se pueden establecer condiciones que favorezcan a unos oferentes por sobre otros. En ese sentido, se solicita eliminar el texto de la ?Nota? de la página 16 del numeral 12.6.
R: Estimados Señores las condiciones establecidas en las especificaciones técnicas del proceso bajo ninguna circunstancia favorecen a proveedor alguno y permiten la participación de todos los proveedores en igualdad de condiciones, lo que se ajusta al cumplimiento del principio de concurrencia. La aclaración establecida se la ha realizado en los términos antes indicados.
09/06/2023
P: En las especificaciones técnicas se establece como multas el 1 por mil del valor total del contrato. Sin embargo, según el segundo inciso del Art. 292 del Reglamento a la LOSNCP, las multas se calculan únicamente por el porcentaje de las obligaciones que se encuentran pendientes de ejecutarse. En tal virtud, se solicita aclarar que la multa será únicamente sobre las obligaciones pendientes de ejecutar.
R: Estimados Señores la institución tiene la prerrogativa de establecer el porcentaje sobre el valor para establecer las multas, en el caso presente al no existir entregas parciales, lo cuestionado por usted estimado proveedor no aplica para el proceso en mención. Pues solo se prevee realizar una sola entrega.
09/06/2023
P: Estimados señores, se solicita aclarar que, para las capacitaciones, el administrador del contrato deberá notificar al oferente adjudicado con la lista del personal a capacitarse y con el cronograma de capacitación.
R: Estimados Señores, para las capacitaciones del manejo de los equipos el Administrador del Contrato es el encargado de comunicar el cronograma y enviar el listado del personal al oferente.
09/06/2023
P: Estimada institución, teniendo en cuenta que la LOSNCP y su reglamento reconocen los principios de trato justo y oportunidad, lo que implica contar con un tiempo suficiente y razonable para la ejecución de las obligaciones. Se consulta si la instalación y puesta en marcha de los equipos que se solicitan como apoyo tecnológico se podrá hacer hasta en 60 días desde la suscripción del contrato.
R: Estimados Señores, No se puede dar plazo de 60 días, por cuanto son reactivos que se necesitan de manera emergente.
09/06/2023
P: Estimados Señores, ni las Especificaciones Técnicas, ni los pliegos regulan el canje excepcional, que a diferencia del canje tradicional en el que se cambia un reactivo que esté por caducar por el mismo reactivo con una fecha de caducidad superior, en el excepcional se cambia un reactivo por otro reactivo cuando existen causales. En ese sentido, se solicita añadir a las especificaciones técnicas la regulación correspondiente al canje excepcional, de conformidad con en el artículo 13 del Reglamento de Canje de Medicamentos en General, medicamentos biológicos y kits de medicamentos que contienen dispositivos médicos, que están próximos a caducar.
R: Estimados Señores efectivamente en el caso de suceder un caso excepcional se actuará conforme al Reglamento de Canje de Medicamentos.
09/06/2023
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