SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA PERMAMENTE PARA EL EDIFICIO DE LA FISCALÍA DE LOJA EN EL CANTÓN LOJA Y CANTÓN CATAMAY...

FISCALIA DE LOJA marzo de 2022
$22.763,00
Subasta Inversa Electrónica Servicios
ocds-5wno2w-SIEFPL0012022-83294 Ver en SERCOP

Etapa de licitación

Las actividades llevadas a cabo para celebrar un contrato.

Información de licitación
Activo
Valor máximo estimado $22.763,00
Método de adquisición Subasta Inversa Electrónica
Categoría Servicios
Criterios de adjudicación Criterio calificado
Períodos
Período de licitación
Inicio: 03/03/2022
Fin: Sin información
Período de consulta
Inicio: 03/03/2022
Fin: 07/03/2022
Período de adjudicación
Fin: 28/03/2022
Preguntas y respuestas: 4
P: Bueno días, creo que debería revisar el presupuesto el costo de acuerdo a su presupuesto para 347 días es d $ 22875 y por guardia el valor mensual sin puja seria de $ 497,28 y son 3 guardias de 8 horas y un guardia de 12 horas, El costo de un guardia de 8 horas de lunes a viernes para poder pagarle solo el básico se requiere de $ 606.81, sin utilidad, para poder cumplir con lo establecido en el código de trabajo. Creo de deberían dar de baja el proceso, ya que se estaría incumpliendo con lo que establece el Ente Regulador que e este caso seria el Ministerio de Trabajo.
R: Estimado proveedor, el estudio de mercado ha sido elaborado de acuerdo con el ART. 9 LA RESOLUCIÓN RE- SERCOP -2016-00072 de LA CODIFICACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE LAS RESOLUCIONES EMITIDAS POR EL SERVICIO NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA. De igual forma los Pliegos del proceso de contratación ha sido elaborados conforme a lo que dispone el Art. 31 de la Ley Orgánica del Servicio Nacional de Contratación Pública y del Art. 20 del Reglamento a Ley Orgánica del Servicio Nacional de Contratación Pública .Además en aplicación y cumplimiento del Art. 266 de la RESOLUCIÓN No. RE- SERCOP-2016-0000072. CODIFICACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE LAS RESOLUCIONES EMITIDAS POR EL SERVICIO NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA. De igual manera es necesario informar que la EVALUACIÓN EN LA CALIFICACIÓN DE OFERTAS se dará en estricto cumplimiento de los artículos 164, 165, 166, 167 y 168 de la RESOLUCIÓN No. RE- SERCOP-2016-0000072 - CODIFICACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE LAS RESOLUCIONES EMITIDAS POR EL SERVICIO NACIONAL DE
04/03/2022
P: buenas tardes, en los Tdr seañlan "De existir algún robo o hurto en la Institución, por negligencia de la Empresa de Seguridad, será la misma la responsable y la que responderá por la pérdida de estos valores ante la Fiscalía, y estos valores serán descontados del pago mensual, cuando estos sean de valor menor o igual al monto de la liquidación mensual." pero porfavor aclarar si esto es previa INVESTIGACIÓN Y DICTAMEN FISCAL ACUSATORIO,EN CONTRA DEL PERSONALDE SEGURIDAD COMO CÓMPLICE, ACTOR O ENCUBRIDOR.
R: Estimado proveedor, la responsabilidad se determinara previa investigación y una vez que el Dictamen Fiscal acusatorio así lo determine.
04/03/2022
P: Buenos días Estimados señores de la Comisión Técnica, muchas gracias por la invitación a este proceso, con mucho respeto es coorresponsabilidad del Cliente y Empresa de Seguridad el pago de haberes al personal y CUMPLIR CON LA LEY SUELDO BASICO DEL GUARDIA $ 429,68, BENEFICIOS SOCIALES YA SEAN ESTOS MENSUALIZADOS O PARA PAGAR LA LIQUIDACION AL TERMINO DEL CONTRATO DE TRABAJO O AUSENTISMO DEL PERSONAL MEDIANTE LA PLATAFORMA DEL MINISTERIO DE TRABAJO, SUMANDO AL FINAL $ 686,oo MAS SUPERVISOR y con un presupuesto bajo no habría ni siquiera un POQUITO de beneficio para la Empresa que invierte su capital y desea reactivarse.FAVOR REVISAR EL MENCIONADO PRESUPUESTO Y CREO SOLICITAR A LAS DIFERENTES EMPRESAS PARTICIPANTES NO DAÑAR EL MERCADO DE TRABAJO.
R: Estimado proveedor, el estudio de mercado ha sido elaborado de acuerdo con el ART. 9 LA RESOLUCIÓN RE-SERCOP -2016-00072 de LA CODIFICACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE LAS RESOLUCIONES EMITIDAS POR EL SERVICIO NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA. De igual forma los Pliegos del proceso de contratación ha sido elaborados conforme a lo que dispone el Art. 31 de la Ley Orgánica del Servicio Nacional de Contratación Pública y del Art. 20 del Reglamento a Ley Orgánica del Servicio Nacional de Contratación Pública .Además en aplicación y cumplimiento del Art. 266 de la RESOLUCIÓN No. RE- SERCOP-2016-0000072. CODIFICACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE LAS RESOLUCIONES EMITIDAS POR EL SERVICIO NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA.De igual manera es necesario informar que la EVALUACIÓN EN LA CALIFICACIÓN DE OFERTAS se dará en estricto cumplimiento de los artículos 164, 165, 166, 167 y 168 de la RESOLUCIÓN No. RE- SERCOP-2016-0000072.
07/03/2022
P: Se solicita al proveedor Oferta No. 5 COMPAÑIA DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA PRIVADA MIRA COMSEGPRIM CIA.LTDA, proceder a convalidar la documentación con firma electrónica en anexos y certificaciones de acuerdo con la RESOLUCIÓN No. RE- SERCOP-2016-0000072. Art. 24.1.- Del certificado de firma Electrónica: ?En los casos de los anexos o documentación de respaldo que se adjunte a la oferta, deberá ser digitalizado y bastará con la firma electrónica por el oferente en el último documento que sea parte del archivo digital, se aplicará también para los casos que hayan sido suscritos o emitidos por un tercero con firma manuscrita, Esta firma implicará la declaración de que todos los documentos presentados son auténticos, exactos y veraces, y que el oferente se hace responsable de los mismos dentro de los controles posteriores que se pueda realizar?. Art. 157.- Errores de naturaleza convalidable.- Se considera error de forma o de naturaleza convalidable, lo siguiente:4.Agregado por el Art. 9
15/03/2022