ADQUISICIÓN DE CONCENTRADORES DE OXÍGENO PARA LOS DISPENSARIOS MÉDICOS DEL SEGURO SOCIAL CAMPESINO DE LAS PROVINCIAS DE ...
$276.215,00
Subasta Inversa Electrónica Bienes
ocds-5wno2w-SIE-IESSDPT-007-2020-39594 Ver en SERCOP Etapa de licitación
Las actividades llevadas a cabo para celebrar un contrato.
Información de licitación
CompletadoValor máximo estimado $276.215,00
Método de adquisición Subasta Inversa Electrónica
Categoría Bienes
Criterios de adjudicación Criterio calificado
Períodos
Período de licitación
Inicio: 19/11/2020
Fin: Sin información
Período de consulta
Inicio: 19/11/2020
Fin: 24/11/2020
Período de adjudicación
Fin: 23/12/2020
Licitadores: 8
SOLUCIONES INDUSTRIALES Y MEDICAS SOINMED CIA. LTDA. EC-RUC-0190367479001
INGEMEDICA DEL ECUADOR S.A. EC-RUC-0991327541001
GASEC S.A. EC-RUC-0992143576001
CORNEMO S.A. EC-RUC-0992229047001
GanadorDIONO S.A. EC-RUC-0992601973001
GOLBALMAGNUS S.A. EC-RUC-0992683325001
MEDICINA GLOBAL GLOMEDICAL CIA. LTDA. EC-RUC-1791973704001
MEDICINA HIPERBARICA MEDIPERBARICA S.A. EC-RUC-1792552044001
Preguntas y respuestas: 24
P: Estimados Señores en el documento Término de referencia numeral 5.2 dice que se puede presentar la oferta vía correo electrónico, Favor indicar el correo electrónico al que se puede enviar la oferta
R: Estimado oferente: Con la finalidad de garantizar la legitimidad de los documentos presentados por los oferentes, la Institución prefiere que las ofertas sean presentadas de forma física sin embargo para dar cumplimiento a la Circular Nro. SERCOP-SERCOP-2020-0022-C en los casos que el oferente requiera entregar su oferta electrónica podrá remitir su oferta a los correos: danilo.maya@iess.gob.ec, veronica.carrera@iess.gob.ec, marco.azansa@iess.gob.ec y daniel.saltos@iess.gob.ec, favor revisar las condiciones del numeral 5.2 Formas de entrega y recepción de ofertas de los términos de referencia.
20/11/2020
P: Los ingenieros biomédicos aplican principios científicos y de ingeniería para ayudar a las personas con problemas médicos. Diseñan y desarrollan tecnología, incluyendo prótesis y articulaciones, cirugía robótica, y dispositivos cardiovasculares, tales como las arterias artificiales, así como equipos como aparatos de ultrasonido y rayos X. Siendo que los Conetradores de oxígeno son equipos mecánicos solicito se acepte como técnico personal con grado de Ingeniería mecánica.
R: Estimado oferente: La unidad requirente ha establecido dentro del punto 5.3 Personal técnico mínimo como parámetros que la empresa cuente con un ingeniero biomédico, no se aceptara ingenieros en otro campo que no sea el establecido.
20/11/2020
P: En las Especificaciones Técnicas indica que el Aparato debe en movilidad ser portátil. Pregunta, esto implica que debe terner ruedas?
R: Estimado oferente: Dentro del punto 5.7 especificaciones técnicas se ha establecido que los concentradores sean portátiles ósea de fácil movilidad por lo que será necesario que tenga ruedas.
20/11/2020
P: En las especificaciones técnicas indica que el año de fabricación debe ser como mínimo último trimestre del 208. Favor aclarar, el año mínimo de fabricación y si puede ser re manufacturados.
R: Estimado oferente: La entidad ha realizado la aclaratoria al punto 5.7 Especificaciones técnicas ítem Año de fabricación, donde también se establece que los equipos ofertados deben ser nuevos, no re-manufacturados, garantizados contra defectos de fabricación.
20/11/2020
P: Buenas tardes, en otros parámetros se considera que se debe presentar BPM BPA y BPD según corresponda, agradezco aclarar la fase según corresponda y con el fin de no equivocarnos favor indicar si el concentrador de oxígeno se lo está considerando como dispositivo médico clase de riesgo 1.
R: Estimado oferente, la institución requiere certificaciones BPM, BPA BPD únicamente si el equipo es de procedencia nacional, para el caso de equipos importados se deberá presentar las certificaciones FDA y/o CE y/o ISO 13485 o similar de acuerdo a lo establecido en la ficha técnica solicitada por la institución.En lo referente a la clase de riesgo, los concentradores de oxígeno están reglamentados como dispositivos médicos de clase II, lo que se verificará con la presentación de la certificación FDA.
20/11/2020
P: Estimados Señores del IESS, de acuerdo a la RESOLUCIÓN ARCSA-DE-033-2017-FMRH, de fecha 26 de diciembre de 2017, EXPEDIR LA REFORMA A LA NORMATIVA TÉCNICA SANITARIA SUSTITUTIVA PARA EL REGISTRO SANITARIO Y CONTROL DE EQUIPOS Y DISPOSITIVOS MÉDICOS DE USO HUMANO, Y DE LOS ESTABLECIMIENTOS EN DONDE SE FABRICAN, IMPORTAN, DISPENSAN, EXPENDEN Y COMERCIALIZAN en su "Art. 1.- Inclúyase luego del primer inciso de las Disposiciones Transitorias Cuarta y Quinta, respectivamente, el siguiente texto: ?A partir del cumplimiento del plazo mencionado, los productos que no han obtenido el respectivo registro sanitario, contarán con un plazo de gracia de un 1 año calendario adicional, contado a partir del término del primer plazo establecido luego de lo cual, la ARCSA tomará las acciones a las que hubiera lugar.?. Con lo antes expuesto, reitero la solicitud de presentar el Registro Sanitario de los concentradores dé oxígeno ofertados, ya que debemos cumplir con lo dispuesto por las autoridades.
R: El oferente adjudicado deberá, de acuerdo a lo dispuesto por el ARCSA contar con registro sanitario según lo estipulado en la normativa legal vigente.
21/11/2020
P: Estimados Sres. Comisión Técnica ampliar la titulación académica del personal técnico, ya que no solo son Ingenieros Biomédicos sino también Ingenieros y/o Tecnólogos Electrónicos, Ingenieros y/o Tecnólogos en Electromecánica Mecatrónica Electrónicos, mecánicos ya que al solicitar un Ing. Biomédico va en contra de los principios que aplica la LONSCP art. 4.
R: La unidad requirente ha establecido dentro del punto 5.3 Personal técnico mínimo como parámetros que la empresa cuente con un ingeniero biomédico, no se aceptara ingenieros en otro campo que no sea el establecido.
23/11/2020
P: Estimados, en años anteriores nuestra empresa se adjudicó la entrega de 57 equipos para el Seguro campesino, referente a la sección 4.0 , mencionan el plazo para la entrega, será de 30 días contados a partir de la suscripción del contrato, y dada la causa que como proveedores es complejo manejar un volumen de equipos tan grande en stock por el alta demanda justamente por la pandemia, y considerando que necesariamente son equipos de importación solicitamos por favor en el caso de ser adjudicados se considere nuestra propuesta de entrega, esto es el 30% de equipos de manera inmediata y un plazo de 45 – 60 días a partir de la firma del contrato para la entrega de los equipos restantes.
R: Estimado oferente: Como es de su conocimiento nos encontramos atravesando una Emergencia de Salud a nivel mundial por el virus COVID-19, razón por la cual se ha producido un incremento en la necesidad de tratamientos de oxigenoterapía ambulatorio, como Seguro Social Campesino proporcionamos el préstamo del concentrador para el uso en casa en los 102 Dispensarios Médicos que conforman la Zona 3, por lo que es de vital importancia contar a la brevedad del caso con este equipo médico para proporcionar una atención con calidad y calidez a nuestros afiliados.
23/11/2020
P: Estimados referente a los mantenimientos preventivos y correctivos cambios de filtros confirmar si estos se cancelaran con otra partida, dado que el proceso no menciona como se cancelaran estos mantenimientos y que valores se estarían considerando.
R: Estimado oferente: En el estudio de mercado realizado por la Unidad Requirente dentro del punto 11.1 Garantía Técnica se establece que el Proveedor incluirá dentro de la compra los mantenimientos preventivos sin costo a la institución.
23/11/2020
P: En referencia al personal técnico solicitan 1 Ingeniero Biomédico, por favor considerar la inclusión de 1 Ingeniero Industrial con experiencia en el mantenimiento y manejo de concentradores, contamos con la distribución exclusiva en Ecuador de nuestro proveedor de USA, garantizando mantenimiento, disponibilidad de repuestos y consumibles.
R: La unidad requirente ha establecido dentro del punto 5.3 Personal técnico mínimo como parámetros que la empresa cuente con un ingeniero biomédico, no se aceptara ingenieros en otro campo que no sea el establecido.
23/11/2020
P: La pregunta 6 hace referencia a la RESOLUCIÓN ARCSA-DE-033-2017-FMRH de fecha 26 de diciembre de 2017 Registro Oficial N 156 9 de enero del 2018 dice "EXPEDIR ... SANITARIO Y CONTROL DE DISPOSITIVOS MÉDICOS .....Y COMERCIALIZAN", no hay ?EQUIPOS Y? han sido aumentadas creemos por error, las especificaciones técnicas presentadas en el proceso están en base a la ficha técnica CON-17-R04 publicada por la Dirección Nacional de Equipamiento Sanitario del Ministerio de Salud que es el Rector de la Salud Pública según la Constitución de la República del Ecuador y la Ley Orgánica de Salud. Esta ficha no incluye BPM/BPA/BPD, solicitamos se aclare ?Otros Parámetros? Requisito Técnico- Sanitario lo referente a BPM/BPA/BPD y la frase ?Según corresponda" que es utilizada en Dispositivos Médicos, pues el ente de Control ARCSA no tiene normado esto para Equipos Sanitario, y no existe una ficha técnica bajo el esquema de Dispositivo Médico para Concentradores de Oxígeno
R: Estimado oferente, la institución requiere certificaciones BPM, BPA BPD únicamente si el equipo es de procedencia nacional, para el caso de equipos importados se deberá presentar las certificaciones FDA y/o CE y/o ISO 13485 o similar de acuerdo a lo establecido en la ficha técnica solicitada por la institución.De acuerdo a lo dispuesto por el ARCSA los concentradores de oxígeno son un equipo médico que debe contar con registro sanitario según lo estipulado en la normativa legal vigente.
23/11/2020
P: En las especificaciones está el parámetro presión de salida, pero hay detallados dos valores el primero indica 8,5 psi que es específico para una marca de concentradores y la segunda es un rango en unidades kPa de 30 a 50. Pedimos se aclare el valor de referencia.
R: Estimado oferente, por un error involuntario se incluyó 2 parámetros para la presión de salida, la institución requiere que el equipo cumpla con lo establecido en la ficha CON-17 Rev-01 de fecha agosto 2018, flujo mayor o igual 5 litros por minuto, regulable.
23/11/2020
P: En la experiencia mínima de personal técnico, se pide se adjunte por un monto igual o mayor al 2% del presupuesto referencial, al no estar expresado el presupuesto referencial mucho agradeceré indicar si podemos presentar por el 2% o más del valor que se proponga en la oferta, o indicar el valor mínimo gracias.
R: Estimado oferente: Dentro del punto 5.4 Experiencia mínima del personal técnico se presentará un monto igual o superior al 2% del valor del proceso y puede verificar en los pliegos en el numeral 4.5.1 Experiencia mínima del personal técnico se estable el monto mínimo del proyecto.
23/11/2020
P: Sres. Comisión Técnica favor aclarar el punto 4.1.4 experiencia general y especifica mínima de los pliegos, en ambas solicitan el mismo monto mínimo, entendemos los dos hacen referencia a la experiencia general como indican en los TDR.
R: Estimado oferente: La entidad ha realizado la aclaratoria al punto 5.6 Experiencia general y especifica mínima de los Términos de referencia.
24/11/2020
P: Debido a la pandemia actual se manejan muchos pacientes con COVID19 y para ellos se están utilizando mucho lo que es flujos altos como terapia de recuperación, sugerimos que el Rango del caudal solicitado en las especificaciones técnicas sea de 0 a 10 L/min lo que permite ampliar la capacidad en el manejo de pacientes
R: Estimado oferente: En el punto 5.7 especificaciones técnicas emitidas por la unidad requirente se establece como caudal de 0,5 a 5 litros de oxígeno por minuto, ya que los equipos médicos a adquirir serán utilizados en el Primer Nivel de Atención y entregados como préstamo a los señores afiliados para el tratamiento de oxigenoterapia en casa.
24/11/2020
P: Estimados, Se solicita aclarar el requisito técnico sanitario, considerando que la autoridad sanitaria mediante Disposición Transitoria Segunda de la Resolución ARCSA-DE-002-2020-LDCL, publicada en el R.O. 455 de 19 de marzo de 2020, otorga un plazo de 2 años para que sea exigible la obligatoriedad de las BPA/BPD/BPT. En este punto, considerar válida la presentación del permiso de funcionamiento vigente emitido por el ARCSA, lo que ayudará a la concurrencia de oferentes al proceso beneficiando así a la entidad contratante.
R: Estimado oferente, la institución requiere certificaciones BPM, BPA BPD únicamente si el equipo es de procedencia nacional, para el caso de equipos importados se deberá presentar las certificaciones FDA y/o CE y/o ISO 13485 o similar de acuerdo a lo establecido en la ficha técnica solicitada por la institución.
24/11/2020
P: Debido a la pandemia actual se manejan muchos pacientes con COVID19 y para ellos se están utilizando flujos altos como terapia de recuperación, sugerimos se solicite como requisito que el equipo posea oxímetro de pulso incorporado.
R: Estimado oferente: En el punto 5.7 especificaciones técnicas emitidas por la unidad requirente se establece las características técnicas y requisitos funcionales mínimos del bien.
24/11/2020
P: Debido a la pandemia actual se manejan muchos pacientes con COVID19 y para ellos se están utilizando flujos altos como terapia de recuperación, sugerimos se solicite como requisito que el equipo posea dos flujómetros de 0 a 10mL con el fin de poder aprovechar su uso con los pacientes al mismo tiempo.
R: Estimado oferente: En el punto 5.7 especificaciones técnicas emitidas por la unidad requirente se establece que el Equipo Médico tenga como mínimo un Flujómetro integrado y/o un panel digital.
24/11/2020
P: Estimados, en atención al tiempo de entrega de los concentradores de oxigeno se solicita realizar una aclaración a los pliegos y modificar este tiempo de entrega a un tiempo mínimo de 45 días de plazo para la entrega ya que al ser equipos importados y la cantidad solicitada es importante es difícil que se cuente con ese stock disponible lo que se vuelve un requisito impropio, discriminatorio ya que viola los principios de legalidad, concurrencia, trato justo e igualdad indicados en el artículo 4 de la LOSNCP. Así mismo viola el artículo 106 de la Codificación de Resoluciones del SERCOP, la mayor concurrencia de proveedores dará beneficio a la entidad contratante de poder obtener la mejor oferta y así un ahorro económico importante en tiempos de crisis.
R: Estimado oferente: Como es de su conocimiento nos encontramos atravesando una Emergencia de Salud a nivel mundial por el virus COVID-19, razón por la cual se ha producido un incremento en la necesidad de tratamientos de oxigenoterapía ambulatorio, como Seguro Social Campesino proporcionamos el préstamo del concentrador para el uso en casa en los 102 Dispensarios Médicos que conforman la Zona 3, por lo que es de vital importancia contar a la brevedad del caso con este equipo médico para proporcionar una atención con calidad y calidez a nuestros afiliados.
24/11/2020
P: Estimados, Colocar un tiempo corto de entrega 30 días para la cantidad solicitada de concentradores de oxígeno se puede malinterpretar como que quisieran beneficiar a un solo proveedor ya que son Equipos que no son producidos localmente y los tiempos de fabricación e importación de estos equipos son de 45 a 60 días por lo que solicitamos modificar los tiempos de entrega caso contrario será objeto de reclamos en para dar de baja el proceso en SERCOP.
R: Estimado oferente: Como es de su conocimiento nos encontramos atravesando una Emergencia de Salud a nivel mundial por el virus COVID-19, razón por la cual se ha producido un incremento en la necesidad de tratamientos de oxigenoterapía ambulatorio, como Seguro Social Campesino proporcionamos el préstamo del concentrador para el uso en casa en los 102 Dispensarios Médicos que conforman la Zona 3, por lo que es de vital importancia contar a la brevedad del caso con este equipo médico para proporcionar una atención con calidad y calidez a nuestros afiliados.
24/11/2020
P: ACLARACION
R: ACLARACIÓN No. 1.- La entidad contratante considera realizar la siguiente aclaración al punto 5.6 Experiencia general y especifica mínima de los Términos de referencia, para acreditar la experiencia general y especifica mínima el oferente deberá presentar experiencia en la venta o distribución de equipos médicos por un valor de 27930 para ello podrá adjuntar si se trata de instituciones del Sector público: se deberá presentar Actas de Entrega-Recepción, Copias de Contratos Certificados de Cumplimiento Emitidos por la Entidad Contratante o su Representante Legal o Facturas. Cuando se trate de instituciones de Sector Privado: se deberá presentar copias de las facturas con sus respectivos comprobantes de retención, al no ser agente de retención deberá indicarlo. Los documentos para acreditar la experiencia deberá especificar claramente el periodo de contratación, detalle del bien adquirido y su monto de contratación, firma y cargo de la institución que emitió para establecer el monto
27/11/2020
P: ACLARACION
R: ACLARACIÓN No. 2.- La entidad contratante considera realizar la siguiente aclaratoria al punto 5.7 Especificaciones Técnicas ítem Año de fabricación último trimestre del Año 2018 o superior.
27/11/2020
P: ACLARACION
R: ACLARACIÓN No. 3.- La entidad contratante considera realizar la siguiente aclaratoria, con la finalidad de evitar confusión en los parámetros establecidos dentro de las especificaciones técnicas por lo que se solicita a los oferentes revisar la ficha técnica de equipo médico – mobiliario clínico CON-19 Rev-01 de fecha agosto 2018, la misma que se subirá nuevamente como anexo.
27/11/2020
P: ACLARACION
R: Continua de la Aclaracion N 1 ..... solicitado por la entidad podrá sumar varios contratos, actas o facturas con un monto mínimo de 2790 dólares americanos.
27/11/2020
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