GASES MEDICINALES CON APOYO TECNOLOGICO
$72.223,92
Subasta Inversa Electrónica Bienes
ocds-5wno2w-SIE-HVCM-010-2015-12070 Ver en SERCOP Etapa de licitación
Las actividades llevadas a cabo para celebrar un contrato.
Información de licitación
CompletadoValor máximo estimado $72.223,92
Método de adquisición Subasta Inversa Electrónica
Categoría Bienes
Criterios de adjudicación Criterio calificado
Períodos
Período de licitación
Inicio: 04/03/2015
Fin: Sin información
Período de consulta
Inicio: 04/03/2015
Fin: 05/03/2015
Período de adjudicación
Fin: 17/03/2015
Licitadores: 2
Preguntas y respuestas: 22
P: El CERTIFICADO DE FIJACIÓN DE PRECIOS, aún no es exigible puesto que el Decreto Ejecutivo No. 400 publicado en el Registro Oficial No. 299 del 29 de julio del 2014, Disposición transitoria primera, expresamente concedió para obtenerlo el plazo de 180 días a contarse desde el 29 de enero del 2015, fecha de la publicación de los precios techos en la WEB, y es a partir de la finalización de este periodo que será exigible.
R: La disposición Transitoria Primera Decreto Ejecutivo No. 400 publicado en el Registro Oficial No. 299 del 29 de julio del 2014 dice: ?Para el efecto del cumplimiento de lo dispuesto en el segundo inciso del Articulo 33 de este Reglamento, se concederá un plazo máximo de 180 días, contados desde la publicación de los precios techo en la página WEB?. El segundo inciso del Art. 33 indica: ?Por lo tanto, todos los medicamentos deberán llevar impreso en el envase secundario, de manera indeleble, su precio de venta al público, que no podrá exceder del precio techo. De conformidad con lo previsto en la Ley, se prohíbe alterar los precios o colocar adhesivos que los modifiquen?En consecuencia el plazo se concede para la impresión indeleble en el envase secundario del precio de venta al público.
04/03/2015
P: El Reglamento para fijación de precios de medicamente, dictado en el Decreto Ejecutivo No. 400 publicado en el Registro Oficial No. 299 del 29 de julio del 2014; derogó el decreto anterior que contenía regulaciones para la fijación de precios, por lo que toda CERTIFICACIÓN DE FIJACIÓN DE PRECIOS expedida al amparo del reglamento derogado quedó sin ningún valor y debe ser nuevamente obtenida por la empresa que la posea, conforme las nuevas regulaciones.
R: CONTESTADO EN LA PREGUNTA 1
04/03/2015
P: La solicitud del CERTIFICADO DE FIJACIÓN DE PRECIOS aún no exigible legalmente, puesto que no ha vencido el plazo de 180 días establecido en el Decreto Ejecutivo No. 400 publicado en el Registro Oficial No. 299 del 29 de julio del 2014, por lo que exigirlo constituiría un evidente error y atentaría contra el principio de LEGALIDAD señalado en el art. 4 de la LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PUBLICA, que exige que toda estipulación, orden, facultad o prerrogativa a la que se deben sujetar la administración debe estar comprendidas dentro de la legislación vigente.
R: CONTESTADO EN LA PREGUNTA 1
04/03/2015
P: Solicitar un CERTIFICADO DE FIJACIÓN DE PRECIOS que aún no está vigente, y que recién podrá ser exigible a partir del mes de julio del año 2015; violaría el principio de IGUALDAD señalado en la LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PUBLICA (Art. 4), al incluir condiciones o consideraciones que limita o ponga a determinados oferentes en condiciones de superioridad o preferencia, excluyendo con ello la participación del resto de competidores, por lo que solicitamos que no se lo considere , al constituir un evidente error y causal de nulidad del proceso.
R: CONTESTADO EN LA PREGUNTA 1
04/03/2015
P: La exigencia del CERTIFICADO DE FIJACIÓN DE PRECIOS violaría también el principio de CONCURRENCIA señalado en el art. 4 de la LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PUBLICA, que exige un proceso de competencia o concurrencia de varios oferentes, de modo que la entidad puede elegir a aquellas que sea más conveniente a sus intereses.
R: CONTESTADO EN LA PREGUNTA 1
04/03/2015
P: Estimados señores, ningun medicamento se puede proveer sin el certificado de Fijaciónde Preciosemitido por el MInisterio de Salud Publica del Ecuador, de acuerdo al Art 159 inciso II dela LeyOrgánica de Salud, favor confirmar esta obligatoriedad
R: CONTESTADO EN LA PREGUNTA 1
04/03/2015
P: Estimados. La certificación de fijación de precios es obligatorio parala comercialización de medicamentos del país conforme al ART 159 de Ley Orgánica de la Salud porende importante su inclusión en el presente proceso.
R: CONTESTADO EN LA PREGUNTA 1
04/03/2015
P: La LEY ORGANICA DE SALUD en su artículo 159 indica y cito: Corresponde ala autoridad sanitaria nacional la fijación, revisión y control de precios de los medicamentos de usoy consumohumano através del Consejo Nacional de Fijación y Revisión de Precios de Medicamentosde Uso Humano, de conformidad con la ley.Se prohibe la comercialización de los productosarriba señalados sin fijación o revisión de precios por ende importante se aplique por cumplimientode leydentro del país
R: CONTESTADO EN LA PREGUNTA 1
04/03/2015
P: Estimados señores, La LEY ORGANICA DE SALUD en su artículo 159 indica y cito: Corresponde ala autoridad sanitaria nacional la fijación, revisión y control de precios de los medicamentos de usoy consumo humano através del Consejo Nacional de Fijación y Revisión de Precios de Medicamentosde Uso Humano, de conformidad con la ley.Se prohibe la comercialización de los productosarriba señalados sinfijación o revisión de precios por ende importante se aplique por cumplimientode ley dentro país, por favor confirmar si este artículo se ha derogado.
R: CONTESTADO EN LA PREGUNTA 1
04/03/2015
P: Estimados señores, en el documento de requerimiento se indica que el tiempo de abastecimiento es para tres meses, y por otro lado en el pliego indica un periodo aproximado de 5 meses, por favor aclarar cual es el tiempo que debe durar el sumininstro.
R: Es para cinco meses aproximadamente
04/03/2015
P: Se detallan en especificaciones técnicas el abastecimiento incluido de cilindros de ?1m3? en lo referente a Oxigeno Medicinal Gaseoso: por favor, confirmar si hospital dispone de cilindros propios para ello, o empresa proveedora debe disponer a préstamo para hospital de contingente de dichos cilindros; así también, confirmar promedio de consumo diario de los mismos?
R: El Hospital posee cilindros de 0,67 m3 y 0,42 m3 . Además el promedio diario de consumo es de 8 cilindros diarios.
05/03/2015
P: Se indica en referente a abastecimiento de Aire Comprimido Medicinal y Oxigeno Medicinal gaseoso, que el mismo debe realizarse en cilindros de 40 litro u 8 metros cúbicos; por favor, confirmar si existe la posibilidad de realizar dicho despacho en cilindros de 40 a 60 litros así como diferente metraje cubico, por ejemplo: cilindros de 7m3 para aire así como cilindros de 9,10 metros cúbicos para Oxigeno medicinal gaseoso. Ya que el concurso es de gases y no de envases?
R: El Hospital trabaja con cilindro de oxigeno de 6 m3 y cilindros de aire comprimido de 7 m3.
05/03/2015
P: Se detalla la capacidad del estanque como 6000 litros; por favor, en fichas técnicas de tanques criogénicos en general se detalla una capacidad neta de 5400 a 5700 litros, por favor, confirmar si lo indicado es aceptable para capacidad solicitada y posterior concurso?
R: Capacidad máxima neta es de 5000 a 6000 Kg.
05/03/2015
P: Al solicitar Garantías tanto de Atención como de respuesta a emergencias solicitadas, se refieren a la misma como un documento que certifique como la empresa adjudicada atenderá las mismas?
R: A un documento que certifique que la empresa se compromete
05/03/2015
P: Estimados, su actual proveedor de Hospital cuenta instalado en el mismo con elementos para proveer de gases medicinales y en especial Oxigeno Medicinal Liquido como tanque criogénico así como sistema de respaldo o back up de cilindros, razón por la cual, el mismo no debe realizar mayor inversión en caso de ser adjudicado; pero la pregunta se basa en: confirmar en base a que estudio o que términos técnicos se dispone de un plazo de 8 días para colocación de dichos elementos, en especial de tanque criogénico ya que obra civil (plataforma antisísmica y de concreto) que dicta norma para colocación de estanque criogénico tiene por lo general un demora de 6 a 8 días solo en ser realizada y plazo mínimo requerido es de 15 días laborables, a más de contar que cada empresa maneja diferentes tipos de estanques así como el tipo de empotramiento a suelo necesario para los mismos, o en su caso, confirmar, si la obra civil actual cumple con normas básicas de seguridad para empotramiento ...
R: Las empresas tienen que hacer las inspecciones necesarias de instalaciones según su necesidad. Comunicarse con el Ing. Andrés Ordóñez al 0998408683. Para el agendamiento de cita y llevar su profesional para el peritaje.
05/03/2015
P: Continuacion de la pregunta anterior.... cada empresa maneja diferentes tipos de estanques así como el tipo de empotramiento a suelo necesario para los mismos, o en su caso, confirmar, si la obra civil actual cumple con normas básicas de seguridad para empotramiento de estanque así como confirmar si en dicha plataforma puede ser colocado cualquier tipo de tanque o de cualquier proveedor. Se solicita dicha confirmación ya que al colocar un plazo de 8 días, se beneficia de manera absoluta a actual proveedor. Por favor, solicitamos una respuesta muy bien detallada ya que en ocasiones anteriores se ha referido realizar dicha consulta a personal encargado de mantenimiento sin obtener mayor respuesta escrita.
R: Contestado en la pregunta 15
05/03/2015
P: Los 8 días indicados para colocación de estanque son calendario o laborables?.
R: Son calendario.
05/03/2015
P: En caso que resulte adjudicada una empresa diferente a la actual de hospital, confirmar si hasta colocación de estanque criogénico empresa adjudicada puede realizar abastecimiento de Oxigeno Liquido mediante termos criogénicos de 139 m3 (188.2 kg) colocando por parte de la misma los elementos necesarios para utilizar dichos termos?.
R: La empresa adjudicada buscará la forma de mantener al hospital abastecido de gases medicinales sin pasarse del tiempo establecido de nueva instalación
05/03/2015
P: Confirmar en lo referente a Envases primarios para Oxigeno Medicinal Liquido si se refieren a estanque y envases secundarios si se refieren a termos criogénicos 139m3, cilindros de oxigeno medicinal gaseoso, envase que pueda ser utilizado en caso de emergencia o de daño en principal o se refieren al mismo estanque criogénico.
R: Secundario se refiere al manifold de la central de oxígeno con cilindros de 10m3 (Gaseoso)
05/03/2015
P: Es posible que se amplíe el plazo para la colocación del estanque criogénico a 15 días laborables, en tanto en cuanto se garantice por parte del oferente adjudicado el abastecimiento ininterrumpido del Oxígeno.
R: No. Porque el consumo y la logística de transporte será mayor al tiempo planeado.
05/03/2015
P: La certificación ISO 9001:2008 en servicios de ingeniería e instalación en clientes que solicitanustedes equivale a nuestra certificación ISO 9001:2008 en diseño e instalación de redescentralizadas para gases medicinales, industriales o científicos, con esto garantizamos la calidaden lo solicitado en este ítem, por tanto confírmenos la aceptación de la misma.
R: Sí confirmamos su solicitud
05/03/2015
P: Se solicita en los pliegos que el oferente entregue certificados ISO 9001 tanto para producción como distribución así como para instalación de redes así como se solicita experiencia general de esta última , razón por la cual, solicitamos nos confirmen se pueda realizar la entrega de documento que detallé la experiencia específica que disponemos tanto en instalación de redes así como de manifold y tanques criógenicos en diferentes proyectos en los que hemos trabajado siendo dicho documento actas de entrega recepción, pruebas hermeticidad, respaldo fotográfico, etc. Por favor, confirmar.
R: CUMPLIR CON LA CERTIFICACION ISO SOLICITADO
05/03/2015
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