ADQUISICIÓN DE DISPOSITIVOS MÉDICOS (JERINGAS 1 ML 80 UI 30G Y JERINGA 1 ML 10-100 UI 25G) PARA LA UNIDAD TÉCNICA DE ENF...

N/A
Subasta Inversa Electrónica Bienes
ocds-5wno2w-SIE-HTMC-148-2021-2810 Ver en SERCOP

Etapa de licitación

Las actividades llevadas a cabo para celebrar un contrato.

Información de licitación
Activo
Valor máximo estimado N/A
Método de adquisición Subasta Inversa Electrónica
Categoría Bienes
Criterios de adjudicación Criterio calificado
Períodos
Período de licitación
Inicio: 16/12/2021
Fin: Sin información
Período de consulta
Inicio: 16/12/2021
Fin: 20/12/2021
Período de adjudicación
Fin: 12/01/2022
Preguntas y respuestas: 9
P: Estimada Entidad. Favor confirmar que en caso de solicitud de canje, el mismo será en cumplimiento del Art. 175 de la Ley Orgánica de Salud en el que señala ?Sesenta días antes de la fecha de caducidad de los medicamentos, las farmacias y botiquines notificarán a sus proveedores, quienes tienen la obligación de retirar dichos productos y canjearlos de acuerdo con lo que establezca la reglamentación correspondiente?.
R: En lo relacionado al Canje de los dispositivos médicos, deberán estar sustentado en la CARTA DE COMPROMISO DE CANJE, siguiendo el lineamiento legal que conlleva, siendo este Art. 175 de la Ley Orgánica de la Salud, en concordancia a lo que determina al Acuerdo Ministerial 0071-2020, Recepción, almacenamiento, distribución y transporte de medicamentos, dispositivos médicos y otros bienes estratégicos en la Red Pública Integral de Salud, en lo correspondiente al canje de los dispositivos médicos. Esta normativa deberá estar expuesta en su carta de compromiso de canje. No obstante, se recalca que los dispositivos médicos a entregar deberán tener una vigencia de caducidad de mínimo de 12 meses, lo cual deberá estar determinado en la Garantía Técnica de Producto.
17/12/2021
P: Estimada Entidad, favor confirmar que en caso de solicitud de canje, se procederá con el cumplimiento del Manual: Recepción, almacenamiento, distribución y transporte de medicamentos, dispositivos médicos y otros bienes estratégicos en la Red Pública Integral de Salud, en el que señala que el canje de los dispositivos médicos adquiridos a proveedores nacionales próximos a caducarse, se efectuará conforme lo establecido en el contrato de adquisición o en los documentos precontractuales, se recomienda que dicha notificación de canje no sea superior a los 90 días ni inferior a 60 días.
R: En lo relacionado al Canje de los dispositivos médicos, deberán estar sustentado en la CARTA DE COMPROMISO DE CANJE, siguiendo el lineamiento legal que conlleva, siendo este Art. 175 de la Ley Orgánica de la Salud, en concordancia a lo que determina al Acuerdo Ministerial 0071-2020, Recepción, almacenamiento, distribución y transporte de medicamentos, dispositivos médicos y otros bienes estratégicos en la Red Pública Integral de Salud, en lo correspondiente al canje de los dispositivos médicos. Esta normativa deberá estar expuesta en su carta de compromiso de canje. No obstante, se recalca que los dispositivos médicos a entregar deberán tener una vigencia de caducidad de mínimo de 12 meses, lo cual deberá estar determinado en la Garantía Técnica de Producto
17/12/2021
P: Estimada Entidad. Favor confirmar el cumplimiento del Acuerdo Ministerial 00015-2019, Registro Oficial 30, del 2 de septiembre 2019, Reglamento de canje de medicamentos en general, medicamentos biológicos y kits de medicamentos que contiene dispositivos médicos que están próximos a caducarse, en el que señalan que ?El porcentaje de los medicamentos en general, medicamentos biológicos o kits de medicamentos que incluyen dispositivos médicos sujetos a canje, no será mayor al quince por ciento 15% del volumen total del producto adquirido por cada adquisición?.
R: En lo relacionado al Canje de los dispositivos médicos, deberán estar sustentado en la CARTA DE COMPROMISO DE CANJE, siguiendo el lineamiento legal que conlleva, siendo este Art. 175 de la Ley Orgánica de la Salud, en concordancia a lo que determina al Acuerdo Ministerial 0071-2020, Recepción, almacenamiento, distribución y transporte de medicamentos, dispositivos médicos y otros bienes estratégicos en la Red Pública Integral de Salud, en lo correspondiente al canje de los dispositivos médicos. Esta normativa deberá estar expuesta en su carta de compromiso de canje. No obstante, se recalca que los dispositivos médicos a entregar deberán tener una vigencia de caducidad de mínimo de 12 meses, lo cual deberá estar determinado en la Garantía Técnica de Producto.
17/12/2021
P: Estimada Entidad. Basándonos en los principios de la Ley Orgánica de Contratación, a fin de precautelar el principio de legalidad y motivación, la Entidad Contratante debe y tiene la obligación de motivar su respuesta, que si la respuesta fuera: ríjase a los pliegos, irrespeta y no ejecuta el derecho de recibir una contestación motivada por parte de la Entidad. Por lo que solicitamos de la manera más comedida ser explícitos en las respuestas. Ante lo expuesto con anterioridad, favor indicar bajo qué reglamento se rige su solicitud de canje establecida en los pliegos ya que actualmente no existe un reglamento aplicado para dispositivos médicos?
R: En lo relacionado al Canje de los dispositivos médicos, deberán estar sustentado en la CARTA DE COMPROMISO DE CANJE, siguiendo el lineamiento legal que conlleva, siendo este Art. 175 de la Ley Orgánica de la Salud, en concordancia a lo que determina al Acuerdo Ministerial 0071-2020, Recepción, almacenamiento, distribución y transporte de medicamentos, dispositivos médicos y otros bienes estratégicos en la Red Pública Integral de Salud, en lo correspondiente al canje de los dispositivos médicos. Esta normativa deberá estar expuesta en su carta de compromiso de canje. No obstante, se recalca que los dispositivos médicos a entregar deberán tener una vigencia de caducidad de mínimo de 12 meses, lo cual deberá estar determinado en la Garantía Técnica de Producto.
17/12/2021
P: Estimada entidad en el caso de que se produzca canje de estos dispositivos, favor confirmar que el producto debe estar en las mismas condiciones en las que fueron entregados a la Entidad sin alteraciones en el empaque, ni rayones, marcaciones, etc.
R: Los dispositivos médicos a canjearse deberán estar en las mismas condiciones en las cuales fueron receptados.
17/12/2021
P: Estimados señores, de acuerdo a la Resolución ARCSA -DE-032-2020-MAFG, en las disposiciones generales señala que por la emergencia sanitaria provocada por el SARS-COV-2 causante del covid 19, se dispone la ampliación de la vigencia de los certificados en buenas prácticas que se encuentran en procesos de renovación, por el periodo de 1 año a partir de la fecha de caducidad del mismo, o hasta la fecha de inspección asignada por la ARCSA, siempre y cuando el establecimiento no presente incumplimientos contemplados en la normativa vigente. Es decir que nos acogemos a la resolución en mención para presentar nuestro certificado BPADT demostrando que se encuentra ingresado el trámite en el ARCSA en proceso de renovación.
R: En lo relacionado al Canje de los dispositivos médicos, deberán estar sustentado en la CARTA DE COMPROMISO DE CANJE, siguiendo el lineamiento legal que conlleva, siendo este Art. 175 de la Ley Orgánica de la Salud, en concordancia a lo que determina al Acuerdo Ministerial 0071-2020, Recepción, almacenamiento, distribución y transporte de medicamentos, dispositivos médicos y otros bienes estratégicos en la Red Pública Integral de Salud, en lo correspondiente al canje de los dispositivos médicos. Esta normativa deberá estar expuesta en su carta de compromiso de canje. No obstante, se recalca que los dispositivos médicos a entregar deberán tener una vigencia de caducidad de mínimo de 12 meses, lo cual deberá estar determinado en la Garantía Técnica de Producto.
17/12/2021
P: Estimada Entidad, Se puede enviar la oferta electrónica con sus archivos anexos firmados electrónicamente únicamente por vía WETRANSFER, o sólo se permite la entrega física y el CD? En caso de que se pueda enviar por WETRANSFER indicar a qué correo. Gracias por la aclaración.
R: Estimado Oferente, puede remitir su oferte bajo la herramienta infomática citada por Usted, siempre y cuando sea remitido al correo que se encuentra detallado en el pliego página 11 en la sección "Observación".
17/12/2021
P: Estimada Entidad, de acuerdo a la Resolución vigente No. RE-SERCOP 2021-0112, en el Art. 8 señala que ?En el caso de procedimentos donde se utiliza la firma electrónica, se entenderá por presentación de documentación e información de manera física, a la presentación de esta en un dispositivo de almacenamiento magnético. La entidad también podrá habilitar un correo electrónico para recibir esta documentación?.1 Requiere la entidad que se presente la oferta de manera impresa ya que de acuerdo a lo señalado solo se presentará por un medio de almacenamiento o e-mail firmado electrónicamente?2 Si se requiere entrega física de la oferta NO procedería el sumillado y rubricado de la oferta pues alteraría la firma electrónica?3 Favor indicar si requiere la entrega por medio de un dispositivo de almacenamiento y por email o solamente es necesario entregar a un email. Especificar email.
R: Estimado Oferente, se entrega la oferta en forma física en medio de almacenamiento, o por correo electrónico, tal como se encuentra detallado en el pliego pagina 11 en la sección "Observación".
17/12/2021
P: Estimada Entidad. Se solicita el cumplimiento al oficio MSP-SNGSP-2021-0416-O y justificación técnica de canje en Dispositivos Médicos
R: En lo relacionado al Canje de los dispositivos médicos, deberán estar sustentado en la CARTA DE COMPROMISO DE CANJE, siguiendo el lineamiento legal que conlleva, siendo este Art. 175 de la Ley Orgánica de la Salud, en concordancia a lo que determina al Acuerdo Ministerial 0071-2020, Recepción, almacenamiento, distribución y transporte de medicamentos, dispositivos médicos y otros bienes estratégicos en la Red Pública Integral de Salud, en lo correspondiente al canje de los dispositivos médicos. Esta normativa deberá estar expuesta en su carta de compromiso de canje. No obstante, se recalca que los dispositivos médicos a entregar deberán tener una vigencia de caducidad de mínimo de 12 meses, lo cual deberá estar determinado en la Garantía Técnica de Producto.
17/12/2021
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