ADQUISICION DE DISPOSITIVOS CATETERES VENOSOS CENTRALES Y SISTEMA DE DRENAJE TORACXICO
$18.776,50
Subasta Inversa Electrónica Bienes
Sin competencia (1 oferente)
ocds-5wno2w-SIE-HHCC-014-2022-8380 Ver en SERCOP Etapa de licitación
Las actividades llevadas a cabo para celebrar un contrato.
Información de licitación
ActivoValor máximo estimado $18.776,50
Método de adquisición Subasta Inversa Electrónica
Categoría Bienes
Criterios de adjudicación Criterio calificado
Períodos
Período de licitación
Inicio: 04/03/2022
Fin: Sin información
Período de consulta
Inicio: 04/03/2022
Fin: 07/03/2022
Período de adjudicación
Fin: 22/03/2022
Licitadores: 1
Preguntas y respuestas: 14
P: Estimados señores, por favor su gentil ayuda especificando las cantidades solicitadas de cada uno de los items a ofertar.
R: se encuentran detalladas en el punto 3 de las especificaciones tecnicas anexas en archivos
07/03/2022
P: Estimada Entidad, por favor confirmar el cumplimiento del Art. 101 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, donde indica que será responsabilidad de los funcionarios el que no cumplan oportunamente con las obligaciones de pago previstas en el contrato, contando con los recursos económicos suficientes y se aplicará las sanciones establecidas en dicho artículo.
R: Todo procedimiento cuenta con una certificacion presupuestaria que garantiza la disponibilidad de presupuesto y a la que sera aplicado el pago
07/03/2022
P: Estimada Entidad, Favor su gentil ayuda indicando si es necesario incluir los Formularios anexos de la Oferta Subasta Inversa Electrónica, actualizados, en concordancia con la resolución vigente del SERCOP RE-SERCOP-2020-0010, es decir incluir únicamente: Formulario 1.1, Formulario 1.3, Formulario 1.12 y Carta modelo de Compromiso de Asociación y Consorcio?
R: las cartas de compromiso y los formularios de la oferta deben estar firmados electronicamente incluidos el 1.1 el 1.3 y el 1.12 de ser aplicable
07/03/2022
P: Estimada Entidad, de acuerdo a la resolución No. RE-SERCOP-2021-0114, en el Art.1 señala que ?Las ofertas que, dependiendo del procedimiento de contratación pública y conforme con las disposiciones y directrices que emita este Servicio Nacional, requieran ser presentadas con firma electrónica, no requieren ser foliadas ni sumilladas por el oferente. Favor confirmar si se procede al cumplimiento del mismo.
R: Se encuentra estipulado en la convocatoria y en los pliegos, el correo es dannylues@gmail.com o dejar en la secretaria de gerencia en medios magneticos las cartas de compromiso y los formularios de la oferta deben estar firmados electronicamente
07/03/2022
P: Estimada Entidad, de acuerdo a la Resolución vigente No. RE-SERCOP 2021-0112, en el Art. 8 señala que ?En el caso de procedimentos donde se utiliza la firma electrónica, se entenderá por presentación de documentación e información de manera física, a la presentación de esta en un dispositivo de almacenamiento magnético. La entidad también podrá habilitar un correo electrónico para recibir esta documentación?.1.Requiere la entidad que se presente la oferta de manera impresa ya que de acuerdo a lo señalado solo se presentará por un medio de almacenamiento o e-mail firmado electrónicamente?2.Se requiere la entrega por medio de un dispositivo de almacenamiento CD y/o por email o solamente es necesario entregar a un email. Especificar email.
R: Se encuentra estipulado en la convocatoria y en los pliegos, el correo es dannylues@gmail.com o dejar en la secretaria de gerencia en medios magneticos las cartas de compromiso y los formularios de la oferta
07/03/2022
P: Estimada Entidad, Se puede enviar la oferta electrónica con sus archivos anexos firmados electrónicamente únicamente por vía WETRANSFER, o sólo se permite la entrega física y el CD? En caso de que se pueda enviar por WETRANSFER indicar a qué correo. Gracias por la aclaración.
R: Se encuentra estipulado en la convocatoria y en los pliegos, el correo es dannylues@gmail.com o dejar en la secretaria de gerencia en medios magneticos
07/03/2022
P: Estimados señores, de acuerdo con la circular No. SERCOP-2020-0004-C, es obligación por parte de la entidad contratante que lleva a cabo procedimientos de contratación cuyo objeto sea la adquisición de dispositivos médicos solicitar el Permiso de Funcionamiento y Certificaciones de Buenas Prácticas de Manufactura, Distribución, Almacenamiento y Transporte BPADT. Favor su confirmación en la presentación de dichos documentos en la oferta
R: Esta solicitado dentro de otros parámetros como requisito mínimo en el numeral 11 deben presentar
07/03/2022
P: Estimada Entidad, favor confirmar el cumplimiento de la Reforma al Manual de Procedimientos del IESS para el canje de fármacos, reactivos, medicinas e insumos médicos?, emitida el 07 de diciembre de 2001, documento en el cual se incorpora el literal e en el artículo 5, conforme lo siguiente: ?Alternativas de canje. El canje del producto se realizará en los siguientes casos: ?e Las empresas comerciales que se encuentren debidamente calificadas en el Registro de Proveedores de la Dirección Nacional Médico Social, correspondientes a fármacos, reactivos, medicinas e insumos médicos, efectuarán la reposición por una sola vez, de los productos adquiridos, cumpliendo lo estipulado en el artículo 4, literal a de este Manual?.
R: Como usted menciona ese manual se aplica a las instituciones que pertenecen al IESS y no al MSP
07/03/2022
P: Estimada Entidad. Se solicita el cumplimiento al oficio MSP-SNGSP-2021-0416-O y justificación técnica de canje en Dispositivos Médicos
R: La institución se maneja manuales internos para el proceso de canje de dispositivos médicos , la normativa estipulada en Reglamento de canje de medicamentos aplica únicamente para medicamentos si pudiera hacer llegar el oficio en mención con la oferta técnica se le agradeciera
07/03/2022
P: Estimada entidad en el caso de que se produzca canje de estos dispositivos, favor confirmar que el producto debe estar en las mismas condiciones en las que fueron entregados a la Entidad sin alteraciones en el empaque, ni rayones, marcaciones, etc.
R: la devolución se hará en las condiciones que fueron entregadas y en los casos que se estipularon en otros parámetros en las especificaciones técnicas
07/03/2022
P: Estimada Entidad. Basándonos en los principios de la Ley Orgánica de Contratación, a fin de precautelar el principio de legalidad y motivación, la Entidad Contratante debe y tiene la obligación de motivar su respuesta, que si la respuesta fuera: ríjase a los pliegos, irrespeta y no ejecuta el derecho de recibir una contestación motivada por parte de la Entidad. Por lo que solicitamos de la manera más comedida ser explícitos en las respuestas. Ante lo expuesto con anterioridad, favor indicar bajo qué reglamento se rige su solicitud de canje establecida en los pliegos ya que actualmente no existe un reglamento aplicado para dispositivos médicos?
R: La institución se maneja manuales internos para el proceso de canje de dispositivos médicos , la normativa estipulada en Reglamento de canje de medicamentos aplica únicamente para medicamentos
07/03/2022
P: Estimada Entidad. Favor confirmar el cumplimiento del Acuerdo Ministerial 00015-2019, Registro Oficial 30, del 2 de septiembre 2019, Reglamento de canje de medicamentos en general, medicamentos biológicos y kits de medicamentos que contiene dispositivos médicos que están próximos a caducarse, en el que señalan que ?El porcentaje de los medicamentos en general, medicamentos biológicos o kits de medicamentos que incluyen dispositivos médicos sujetos a canje, no será mayor al quince por ciento 15% del volumen total del producto adquirido por cada adquisición?.
R: El mencionado Art aplica únicamente para medicamentos, la institución se maneja manuales internos para el proceso de canje de dispositivos médicos
07/03/2022
P: Estimada Entidad, favor confirmar que en caso de solicitud de canje, se procederá con el cumplimiento del Manual: Recepción, almacenamiento, distribución y transporte de medicamentos, dispositivos médicos y otros bienes estratégicos en la Red Pública Integral de Salud, en el que señala que el canje de los dispositivos médicos adquiridos a proveedores nacionales próximos a caducarse, se efectuará conforme lo establecido en el contrato de adquisición o en los documentos precontractuales, se recomienda que dicha notificación de canje no sea superior a los 90 días ni inferior a 60 días.
R: El cumplimiento del Manual: Recepción, almacenamiento, distribución y transporte de medicamentos se revisara en el momento de la recepción de los medicamentos e insumos por parte del Administrador de contrato y los responsables de la recepción de los insumos. La institución se maneja con manuales internos para el proceso de canje.
07/03/2022
P: Estimada Entidad. Favor confirmar que en caso de solicitud de canje, el mismo será en cumplimiento del Art. 175 de la Ley Orgánica de Salud en el que señala ?Sesenta días antes de la fecha de caducidad de los medicamentos, las farmacias y botiquines notificarán a sus proveedores, quienes tienen la obligación de retirar dichos productos y canjearlos de acuerdo con lo que establezca la reglamentación correspondiente?.
R: El mencionado Art aplica únicamente para medicamentos, la institución se maneja manuales internos para el proceso de canje de dispositivos médicos
07/03/2022
Enlaces externos y datos abiertos
Portal SERCOP
Búsquedas relacionadas
Datos Abiertos (OCDS)