ADQUISICIÓN DEL DISPOSITIVO MÉDICO DE USO GENERAL: LLAVE DE 3 VÍAS PARA EL HOSPITAL GENERAL LATACUNGA.

$5.039,40
Subasta Inversa Electrónica Bienes
ocds-5wno2w-SIE-HGL-022-2022-17082 Ver en SERCOP

Etapa de licitación

Las actividades llevadas a cabo para celebrar un contrato.

Información de licitación
Activo
Valor máximo estimado $5.039,40
Método de adquisición Subasta Inversa Electrónica
Categoría Bienes
Criterios de adjudicación Criterio calificado
Períodos
Período de licitación
Inicio: 15/03/2022
Fin: Sin información
Período de consulta
Inicio: 15/03/2022
Fin: 17/03/2022
Período de adjudicación
Fin: 06/04/2022
Preguntas y respuestas: 14
P: ESTIMADA ENTIDAD POR FAVOR ACLARAR LA ENTREGA DE LA OFERTA ES FISICA IMPRESA, FISICA CD, POR MAIL INDICAR CORREO O SOLO POR EL PORTAL DE COMPRAS PUBLICAS
R: Estimado oferente en base a la RE-SERCOP-2020-0111 y RE-SERCOP-2021-0112, la oferta puede enviar en físico magnético o puede ser enviada a la siguiente dirección electrónica: gustavo.flores@hgl.mspz3.gob.ec firmado de manera electrónica y a más de eso deberá estar cargado en el portal de compras públicas
16/03/2022
P: Es obligatoria la presentación física medio magnético de la oferta?
R: Estimado oferente en base a la RE-SERCOP-2020-0111 y RE-SERCOP-2021-0112, la oferta puede enviar en físico magnético o puede ser enviada a la siguiente dirección electrónica: gustavo.flores@hgl.mspz3.gob.ec firmado de manera electrónica y a más de eso deberá estar cargado en el portal de compras públicas
16/03/2022
P: Es obligatoria la presentación física de la oferta?
R: Estimado oferente en base a la RE-SERCOP-2020-0111 y RE-SERCOP-2021-0112, la oferta puede enviar en físico magnético o puede ser enviada a la siguiente dirección electrónica: gustavo.flores@hgl.mspz3.gob.ec firmado de manera electrónica y a más de eso deberá estar cargado en el portal de compras públicas
16/03/2022
P: Por favor su ayuda con las directrices para la entrega de ofertas
R: Los oferentes a más de la oferta electrónica, deberán presentar su oferta física en la Secretaria de la Entidad, ubicada en el Área Administrativa del Hospital General Latacunga, en caso de no poder presentar la oferta física esta se podrá enviar por medio electrónico EN CUMPLIMIENTO A CIRCULAR NRO. SERCOPSERCOP-2020-0013-C DE FECHA 17 DE MARZO DE 2020 Y RESOLUCIÓN No. RESERCOP 2021-0112, EXPEDIR REFORMAS A LA RESOLUCIÓN EXTERNA NRO. RESERCOP20160000072, Art. 8.- A continuación del primer inciso del artículo 156, agréguese el siguiente inciso: ?En el caso de procedimientos donde se utiliza la firma electrónica, se entenderá por presentación de documentación e información de manera física, a la presentación de esta en un dispositivo de almacenamiento magnético. La entidad también podrá optar por habilitar un correo electrónico para recibir esta documentación.? a lo cual se podrá enviar las ofertas al correo del ANALISTA ENCARGADO DEL PROCESO gustavo.flores@hgl.mspz3.gob.ec Losoferente
16/03/2022
P: Estimada Entidad, por favor confirmar el cumplimiento del Art. 101 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, donde indica que será responsabilidad de los funcionarios el que no cumplan oportunamente con las obligaciones de pago previstas en el contrato, contando con los recursos económicos suficientes y se aplicará las sanciones establecidas en dicho artículo.
R: Estimado oferente se confirma el cumplimiento Art. 101 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
16/03/2022
P: Estimada Entidad, Se puede enviar la oferta electrónica con sus archivos anexos firmados electrónicamente únicamente por vía WETRANSFER, o sólo se permite la entrega física y el CD? En caso de que se pueda enviar por WETRANSFER indicar a qué correo. Gracias por la aclaración
R: Estimado proveedor la oferta puede ser enviada vía wetransfer a la siguiente dirección electrónica: gustavo.flores@hgl.mspz3.gob.ec o en medio magnético físico a la siguiente dirección Hermanas Páez 1-02 y Dos de Mayo Frente al parque la filantropía en la secretaria de la gerencia del Hospital, en base a las últimas actualizaciones que indica la RESOLUCIÓN Nro. RE-SERCOP-2020-0111 en su Art. 424.37.- Presentación y contenido de las ofertas, y RE-SERCOP-2021-0112.
16/03/2022
P: Estimados señores, de acuerdo con la circular No. SERCOP-2020-0004-C, es obligación por parte de la entidad contratante que lleva a cabo procedimientos de contratación cuyo objeto sea la adquisición de dispositivos médicos solicitar el Permiso de Funcionamiento y Certificaciones de Buenas Prácticas de Manufactura, Distribución, Almacenamiento y Transporte BPADT. Favor su confirmación en la presentación de dichos documentos en la oferta
R: Estimado proveedor, se aclara que se receptara el documento certificado BPADT, o a su vez el oficio para la renovación de BPADT, con fecha de inspección, el cual, se verificara en la página de ARCSA, www.controlsanitario.gob.ec/base-de-datos/, en donde se reposa y se actualiza todos los documentos y certificados.
16/03/2022
P: Estimada Entidad, favor confirmar el cumplimiento de la Reforma al Manual de Procedimientos del IESS para el canje de fármacos, reactivos, medicinas e insumos médicos, emitida el 07 de diciembre de 2001, documento en el cual se incorpora el literal e en el artículo 5, conforme lo siguiente: Alternativas de canje. El canje del producto se realizará en los siguientes casos: e Las empresas comerciales que se encuentren debidamente calificadas en el Registro de Proveedores de la Dirección Nacional Médico Social, correspondientes a fármacos, reactivos, medicinas e insumos médicos, efectuarán la reposición por una sola vez, de los productos adquiridos, cumpliendo lo estipulado en el artículo 4, literal a de este Manual?.
R: Estimados oferentes el canje del dispositivo médico a adquirir se basa en la Ley Orgánica de Salud vigente Art. 175 en la cual la Institución MSP notificará a sus proveedores, quienes tienen la obligación de retirar los productos y canjearlos con sesenta días antes de la fecha de caducidad, sin establecer porcentajes.
16/03/2022
P: Estimada Entidad. Se solicita el cumplimiento al oficio MSP-SNGSP-2021-0416-O y justificación técnica de canje en Dispositivos Médicos
R: Estimados oferentes el oficio Nro. MSP-SNGSP-2021-0416-O no es de visualización pública sin embargo el canje del dispositivo médico a adquirir se basa en la Ley Orgánica de Salud vigente Art. 175 en la cual la Institución notificará a sus proveedores, quienes tienen la obligación de retirar los productos y canjearlos con sesenta días antes de la fecha de caducidad.
16/03/2022
P: Estimada entidad en el caso de que se produzca canje de estos dispositivos, favor confirmar que el producto debe estar en las mismas condiciones en las que fueron entregados a la Entidad sin alteraciones en el empaque, ni rayones, marcaciones, etc.
R: Estimados oferentes, en el caso de que se produzca canje del dispositivo médico a adquirir el producto deberá estar en las mismas condiciones en las que fueron entregados a la Entidad.
16/03/2022
P: Estimada Entidad. Basándonos en los principios de la Ley Orgánica de Contratación, a fin de precautelar el principio de legalidad y motivación, la Entidad Contratante debe y tiene la obligación de motivar su respuesta, que si la respuesta fuera: ríjase a los pliegos, irrespeta y no ejecuta el derecho de recibir una contestación motivada por parte de la Entidad. Por lo que solicitamos de la manera más comedida ser explícitos en las respuestas. Ante lo expuesto con anterioridad, favor indicar bajo qué reglamento se rige su solicitud de canje establecida en los pliegos ya que actualmente no existe un reglamento aplicado para dispositivos médicos?
R: Estimada entidad en el caso de que se produzca canje de estos dispositivos, favor confirmar que el producto debe estar en las mismas condiciones en las que fueron entregados a la Entidad sin alteraciones en el empaque, ni rayones, marcaciones, etc.
16/03/2022
P: Estimada Entidad. Favor confirmar el cumplimiento del Acuerdo Ministerial 00015-2019, Registro Oficial 30, del 2 de septiembre 2019, Reglamento de canje de medicamentos en general, medicamentos biológicos y kits de medicamentos que contiene dispositivos médicos que están próximos a caducarse, en el que señalan que ?El porcentaje de los medicamentos en general, medicamentos biológicos o kits de medicamentos que incluyen dispositivos médicos sujetos a canje, no será mayor al quince por ciento 15% del volumen total del producto adquirido por cada adquisición?.
R: Estimado proveedor, como en el Reglamento lo indica, porcentaje indicado se apega al canje de medicamentos. Por lo que en la necesidad Institucional se indica el parámetro carta de canje se establece de la siguiente manera, ?El oferente debe presentar una carta de canje en el cual se compromete en la reposición de dispositivos médicos que estén por caducarse hasta 60 días antes de su fecha de caducidad, previa notificación de lainstitución.
16/03/2022
P: Estimada Entidad, favor confirmar que en caso de solicitud de canje, se procederá con el cumplimiento del Manual: Recepción, almacenamiento, distribución y transporte de medicamentos, dispositivos médicos y otros bienes estratégicos en la Red Pública Integral de Salud, en el que señala que el canje de los dispositivos médicos adquiridos a proveedores nacionales próximos a caducarse, se efectuará conforme lo establecido en el contrato de adquisición o en los documentos precontractuales, se recomienda que dicha notificación de canje no sea superior a los 90 días ni inferior a 60 días.
R: Estimado proveedor nos apegamos al cumplimiento de lo estipulado en los documentos precontractuales y contractuales, los cuales se basan en la necesidad de la institución y en el Art. 175 de la Ley Orgánica de Salud donde manifiesta que la notificación se realizara 60 días antes de la fecha de caducidad del dispositivo médico.
16/03/2022
P: Estimada Entidad. Favor confirmar que en caso de solicitud de canje, el mismo será en cumplimiento del Art. 175 de la Ley Orgánica de Salud en el que señala ?Sesenta días antes de la fecha de caducidad de los medicamentos, las farmacias y botiquines notificarán a sus proveedores, quienes tienen la obligación de retirar dichos productos y canjearlos de acuerdo con lo que establezca la reglamentación correspondiente?.
R: Estimado proveedor se confirma que se dará cumplimiento al Art.175 de la Ley Orgánica de Salud y su reglamento, es decir la notificación de los dispositivos médicos 60 días antes de su fecha de caducidad.
16/03/2022