Contratación del servicio de capacitación para la campaña de educación vial “PÁRALE EL CARRO” de la Empresa Pública Muni...

$85.410,00
Subasta Inversa Electrónica Servicios
ocds-5wno2w-SIE-ACTEP-2024-002-702285 Ver en SERCOP

Etapa de licitación

Las actividades llevadas a cabo para celebrar un contrato.

Información de licitación
Activo
Valor máximo estimado $85.410,00
Método de adquisición Subasta Inversa Electrónica
Categoría Servicios
Criterios de adjudicación Criterio calificado
Períodos
Período de licitación
Inicio: 01/07/2024
Fin: Sin información
Período de consulta
Inicio: 01/07/2024
Fin: 04/07/2024
Período de adjudicación
Fin: 06/09/2024
Preguntas y respuestas: 13
P: No se solicita convalidación, toda vez que no entregó ni la oferta ni los anexos correspondientes que establece la normativa legal vigente de contratación pública, dando a lugar a que no haya documentación ni oferta para revisar y convalidar.
R: REGLAMENTO A LA LEY ORGANICA SISTEMA NACIONAL CONTRATACION PUBLICA Decreta: EXPEDIR EL SIGUIENTE REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY ORGANICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACION PUBLICA: Art. 23.- Convalidación de errores de forma. - Las ofertas, una vez presentadas no podrán modificarse. No obstante, si se presentaren errores de forma, podrán ser convalidados por el oferente a pedido de la entidad contratante, dentro del término mínimo de 2 días o máximo de 5 días, REGLAMENTO A LA LEY ORGANICA SISTEMA NACIONAL CONTRATACION PUBLICA - Página 7 LEXIS FINDER - www.lexis.com.ec contado a partir de la fecha de notificación. Dicho término se fijará a criterio de la Entidad Contratante, en relación al procedimiento de contratación y al nivel de complejidad y magnitud de la información requerida. El pedido de convalidación será notificado a todos los oferentes, a través del Portal www.compraspublicas.gob.ec. Se entenderán por errores de forma aquellos que no implican modificación alguna al contenido sustancial de la oferta, tales como errores tipográficos, de foliado, sumilla o certificación de documentos. Así mismo, dentro del período de convalidación los oferentes podrán integrar a su oferta documentos adicionales que no impliquen modificación del objeto de la oferta, por lo tanto podrán subsanar las omisiones sobre su capacidad legal, técnica o económica.
16/07/2024
P: No presentó errores de forma por convalidar.
R: MUCHAS GRACIAS, AL NO TENER NADA QUE CONVALIDAR NO TENEMOS ARCHIVOS QUE ENVIAR.
16/07/2024
P: De conformidad con lo que establece el numeral 2 del artículo 116 de la Normativa Secundaria, misma que indica ?Las inconsistencias establecidas entre la información registrada en el formulario de la oferta con relación a los documentos de soporte o probatorios de una determinada condición, se considerarán errores convalidables. Por consiguiente, solo podrá requerirse la información constante en el formulario que no se haya adjuntado como documentación de soporte de la oferta [?] ?, esta entidad solicita convalidar lo siguiente: 1.Subir nuevamente el archivo con la documentación perteneciente al Coordinador de Proyecto 4-2-SUPERVISOR_DOCUMENTOS2.Subir nuevamente el archivo con la documentación perteneciente al Capacitador 4-2-CAPACITADOR_DOCUMENTOS Revisar Acta 4_Convalidación de errores
R: Se adjunta lo requerido
16/07/2024
P: ACLARACION
R: Considerando que la Ley Orgánica de Educación Superior, Disposición Transitoria Novena, determina que Los títulos correspondientes a Diploma Superior otorgados legalmente por las Universidades y escuelas politécnicas, registrados por el CONESUP, continuarán siendo considerados como cursos de posgrado.., se ACLARA que los oferentes interesados en participar, podrán remitir los certificados correspondientes a diplomados, toda vez que sean avalados por la institución correspondiente; sin embargo, también se considerarán aquellos que hayan sido registrados en el SENESCYT tal como lo cita los términos de referencia.
08/07/2024
P: En los Términos de Referencia en el punto 22.5 PERSONAL TÉCNICO, se solicita poseer dos Certificaciones por Competencias Laborales como es Formación de Formadores y Prevención de Riesgos Laborales, certificaciones que sus ámbitos de acción son completamente diferentes e inclusive en Prevención de Riesgos Laborales no especifica en cual ya que existen dos ya sea en construcción y en la parte eléctrica.Y por último los más coherente seria solicitar una Certificación por Competencias Laborales avalado por el Ministerio de Trabajo en OPERACIONES DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE TERRESTRE, certificación que se encuentra vigente en el Catálogo Nacional de Cualificaciones de la página del Ministerio de Trabajo.
R: Este comentario hace referencia a una sugerencia y no a una pregunta.
04/07/2024
P: En los Términos de Referencia en el punto 22.5 PERSONAL TÉCNICO, en la tabla correspondiente se puede apreciar que existe una contradicción ya que en la columna referente al Título Académico se solicita Tercer Nivel: Psicólogo Industrial y/o afines, en cambio, en la columna de Documentos requeridos de la misma tabla en mención, al solicitar Certificado de Diplomado Superior en DISEÑO CURRICULAR POR COMPETENCIAS registrado en Senescyt, corresponde a un título de cuarto nivel, tomando en cuenta que la senescyt solo reconoce y registra títulos de Tercero y Cuarto Nivel y las Certificaciones por Competencias Labórales avaladas por el Ministerio de Trabajo.Por ello definir qué Nivel de estudio se requiere, y si se determina que es Titulo de Cuarto Nivel puede ser considerado una Maestría afín al Diplomado que solicitan, ya que en la actualidad los Diplomados ya no son considerados títulos de Cuarto Nivel por ende no se los puede registrar en la Senescyt
R: Estimado oferente, se aclara que podrá remitir los certificados correspondientes a diplomados, toda vez que sean avalados por la institución correspondiente; sin embargo, también se considerarán aquellos que hayan sido registrados en el SENESCYT tal como lo cita los términos de referencia. El personal técnico ha sido solicitado en base a las necesidades requeridas. Se aclara que el perfil requerido en el personal técnico es Psicólogo Industrial y/o afines, y al citar ?afines? puede evidenciar dentro de las consultas en Senescyt que el perfil solicitado se encuentra dentro del área o campo: ?CIENCIAS SOCIALES, EDUCACION COMERCIAL Y DERECHO? por lo que existirán más títulos con semejanza al perfil seleccionado.
04/07/2024
P: Estimados en terminos de referencia numeral personal minimo dentro del campo se solicita una certificación reesolución vigente como capacitador independiente con aval del Ministerio deTrabajo, por favor aclarar este requerimiento porque existe empresas que pueden presentar ofertas con certificaciones de formador de formadores sería suficiente y no cerrar solo a personas naturales, se esta incumpliendo el articulo 4 de la LOSNCP y su reglamento, acaso se pretende direccionar el proceso?, por favor se solicita eliminar este requerimiento.
R: Estimado oferente, los requerimientos establecidos dentro de los pliegos del proceso se han fijado en cumplimiento del Art. 44 del RGLOSNCP, por lo que, no es viable su eliminación. Este requerimiento está orientado a personal técnico, quienes obligatoriamente son personas naturales no jurídicas, en virtud de esto ratificamos lo solicitado en los TDR y pliegos del proceso en relación con los requisitos que deben cumplir el personal técnico mínimo.
04/07/2024
P: Estimados en los términos de referencia personal mínimo en el numeral Coordinador de protecto se solicita Tercer Nivel: Psicólogo Industrial y/o afines, se pretende cerrar la participación de otros profesionales con masterados, doctorados o titulos referentes a la capacitación que se pretende realizar, con esto se esta omitir el Art. 4.- Principios.- Para la aplicación de esta Ley y de los contratos que de ella deriven, se observarán los principios de legalidad, trato justo, igualdad, calidad, vigencia tecnológica, oportunidad, concurrencia, transparencia, publicidad y, participación nacional por lo que se solicita se amplie este parametro o se justifique el porque este titulo de tercer nivel, ya que este se estaría esta direccionado a una empresa, por favor la transparencia debe ser un principio primario en este tipo de procesos, por lo que los proveedores tendrían que denunciar este hecho y solicitar la baja del proceso.
R: Estimado oferente, la entidad en cumplimiento de lo establecido en el Art. 44 del RGLOSNCP y en base a las necesidades institucionales, ha elaborado sus términos de referencia. En los términos de referencia, el Coordinador del Proyecto tiene como funciones: ?Responsable de llevar a cabo acciones de coordinación y ejecución del Proyecto para su normal implementación?; por lo que se solicita ?Certificado laboral con firma de responsabilidad que avale la experiencia total de coordinar?, por lo que deberá justificar experiencia en coordinar y ejecutar proyectos. El perfil que se detalla en los términos de referencia se ha considerado en base a la experiencia en el comportamiento humano y toma de decisiones ya que impera los conocimientos y experiencia en contextos laborales y sociales a través de la coordinación y ejecución de proyectos.(Revisar acta)
04/07/2024
P: Estimados, en el punto Coordinador de proyectos, dentro del parametro requerido se solicita Certificado deDiplomado Superior en DISEÑO CURRICULAR POR COMPETENCIAS –Registrado en Senescyt, segun la normativa legal vigente en el Senescyt, LOS DIPLOMADOS YA NO SON REGISTRADOS EN SENESCYT, por lo que estos son certificaciones emitidas por entes privados o publicos dedicados a emitir los mismos por lo que se solicita se retire o aclare que este requerimiento va ha ser recibido como certificación correspondientes y avalados por entes con esa gestión.
R: Estimado oferente, respecto a ese documento requerido, se aclara que podrá remitir los certificados correspondientes, toda vez que sean avalados por la institución correspondiente; sin embargo, también se considerarán aquellos que hayan sido registrados en la SENESCYT, tal como lo cita los Términos de Referencia. El personal técnico ha sido solicitado en base a las necesidades requeridas y sustentadas con los informes de necesidad, esto en cumplimiento del Art. 44 del RGLOSNCP.
04/07/2024
P: Buenas tardes. Con la siguiente observación: El Objeto del contrato refiere a: La contratación del servicio de capacitación para la campaña de educación vial "PARALE EL CARRO" sin embargo, el objetivo general indica lo siguiente: Formar Agentes Civiles de Tránsito en materia legal de seguridad vial y de tránsito para contribuir con la seguridad vial del desarrollo de una movilidad sostenible del cantón Milagro. La pregunta es la siguiente Sería necesario realizar alguna campaña ciudadana tomando en cuenta el objeto del contrato? si fuera asi con que sector ciudadano se realizaría esta campaña
R: Estimado oferente, no es necesario realizar alguna campaña ciudadana, puesto que, el alcance de la presente contratación ha sido claramente definida y consiste en la fase de capacitación, por lo que, el oferente adjudicado deberá cumplir exclusivamente con lo solicitado en los Términos de Referencia y Pliegos del proceso.
03/07/2024
P: BUENAS TARDES , COMISIÓN TÉCNICA NO SE ENCUENTRAN LOS FORMULARIOS DE LA OFERTA SIE-ACTEP-2024-002 PARA SU PRESENTACIÓN, POR FAVOR ADJUNTAR.
R: Estimado oferente, los Formularios de Subasta Inversa Electrónica de Bienes y/o Servicios, se encuentran anexos en Word en los Pliegos del proceso con la denominación Formulario-SIE-BYS-V-2023-001, y están disponibles en la página del SERCOP https://portal.compraspublicas.gob.ec/sercop/cat_normativas/subas_inversa_electronica_bs en formato word; no obstante, se lo adjuntamos para su revisión.
03/07/2024
P: Estimada entidad contratante, si es una capacitación técnica para Agentes Civiles de Tránsito, el Director del Proyecto debería tener experiencia en Tránsito, Transporte Terrestre y Seguridad Vial, por lo cual consulto si el Director del Proyecto Psicologo Industrial puede ser reemplazo por un Magister en Tránsito, Transporte Terrestre y Seguridad Vial?
R: Estimado oferente, el artículo 44 del RGLOSNCP, manifiesta que la necesidad la determina la entidad contratante, para lo cual, se realizará un análisis de beneficio, eficiencia o efectividad, considerando la necesidad y la capacidad institucional instalada; en base a lo cual, esta institución luego de realizar lo antes descrito, ha plasmado en los Términos de Referencia los parámetros que el proveedor adjudicado debe cumplir, entre estos, el personal con los que debe disponer. El objeto de la contratación consiste en una capacitación para los Agentes Civiles de Tránsito, y se han detallado como funciones del Coordinador del Proyecto la siguiente: ?Responsable de llevar a cabo acciones de coordinación y ejecución del Proyecto para su normal implementación.?; por lo que, se solicita ?Certificado laboral con firma de responsabilidad que avale la experiencia total de coordinar.?, por lo que deberá justificar experiencia en coordinar y ejecutar proyectos. (Revisar Acta)
03/07/2024
P: Estimada entidad contratante, porfavor los cursos a cuantas personas están dirigidas para cada uno de los mòdulos que se indica en la tabla dos de PRODUCTOS O SERVICIOS ESPERADOS
R: Estimado oferente, la capacitación en general está dirigida para los 124 agentes civiles de tránsito pertenecientes a EMOVIM EP, según lo que indica el penúltimo inciso del numeral 4 Antecedentes descritos en los Términos deReferencia; por lo tanto, los 124 agentes deberán recibir todos los módulos descritos en el numeral 10 Productos o Servicios Esperados de los Términos de Referencia, los mismos que componen la capacitación solicitada.
03/07/2024