ADQUISICIÓN DE EQUIPAMIENTO TECNOLÓGICO PARA LA CARRERA TECNOLOGÍA EN SONIDO Y ACÚSTICA DEL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLÓGI...
$18.599,97
Subasta Inversa Electrónica Bienes
Sin competencia (1 oferente)
ocds-5wno2w-R2-SIE-UA-010-2023-596700 Ver en SERCOP Etapa de licitación
Las actividades llevadas a cabo para celebrar un contrato.
Información de licitación
ActivoValor máximo estimado $18.599,97
Método de adquisición Subasta Inversa Electrónica
Categoría Bienes
Criterios de adjudicación Criterio calificado
Períodos
Período de licitación
Inicio: 15/08/2023
Fin: Sin información
Período de consulta
Inicio: 15/08/2023
Fin: 16/08/2023
Período de adjudicación
Fin: 04/09/2023
Licitadores: 1
Preguntas y respuestas: 2
P: REVISAR OFICIO
R: En atención a su oficio, remitimos la información relacionada con los certificados de distribuidor autorizado de los bienes ofertados y con la experiencia del personal técnico requerido. De igual manera, se remite también la información relacionada con otros puntos debidamente presentados y mencionados en el formulario único de la oferta, para que toda la información esté clara. Como se indica en el oficio, toda la información fue suscrita antes de que concluyera el periodo de entrega de la oferta.
24/08/2023
P: En los pliegos se indica que el umbral VAE del procedimiento es 29,07% sin embargo, también se indica en los pliegos que un parámetro de calificación es la CONSTANCIA O CERTIFICADO DE DISTRIBUIDOR AUTORIZADO, lo cual es lógico porque los productos solicitados en este proceso no se fabrican en Ecuador, todos son importados. Por favor podría aclararnos cómo se podría lograr ese VAE cuando se indica en la "METODOLOGIA PARA LA DEFINICIÓN DE UNA OFERTA COMO ECUATORIANA EN LOS PROCESOS DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS" que en los procesos de subasta inversa, al indicarse que uno es intermediario distribuidor o importador directo la oferta se considera extranjera y el VAE será cero?
R: Estimado proveedor, según la NORMATIVA SECUNDARIA DEL SISTEMA NACIONAL DECONTRATACIÓN PÚBLICA – SNCP en su Art. 55 menciona lo siguiente: ?Aplicación de criterios deValor Agregado Ecuatoriano -VAE. - Las entidades contratantes estarán obligadas a aplicar losmecanismos de preferencia para la producción de bienes y servicios ecuatorianos, utilizando los umbrales de valor agregado ecuatoriano establecidos por el SERCOP. En el caso de la ejecuciónde obras, se tomará en cuenta el estudio de desagregación tecnológica realizado como uno de loscriterios para la participación, evaluación y adjudicación, en los casos que aplique. En el caso deimportación directa de fármacos, la entidad contratante estará exenta de cumplir con elprocedimiento de verificación de producción nacional y autorización de importaciones por partedel Estado.?Por otro lado, según el REGLAMENTO A LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DECONTRATACIÓN PÚBLICA en su Art. 37 menciona lo siguiente: Márgenes de preferenci
16/08/2023
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