SERVICIO DE SISTEMATIZACIÓN DE CLÍNICAS MÓVILES (CONECTIVIDAD SEGURIDAD EQUIPOS)
$637.000,00
Subasta Inversa Electrónica Servicios
Sin competencia (1 oferente)
ocds-5wno2w-R2-SIE-MIMG-097-2021-44856 Ver en SERCOP Etapa de licitación
Las actividades llevadas a cabo para celebrar un contrato.
Información de licitación
CompletadoValor máximo estimado $637.000,00
Método de adquisición Subasta Inversa Electrónica
Categoría Servicios
Criterios de adjudicación Criterio calificado
Períodos
Período de licitación
Inicio: 30/09/2021
Fin: Sin información
Período de consulta
Inicio: 30/09/2021
Fin: 04/10/2021
Período de adjudicación
Fin: 11/11/2021
Licitadores: 1
Preguntas y respuestas: 18
P: 1.4Respecto a la experiencia del Ing. Víctor Hugo Benítez Bravo, propuesto en calidad de personal técnico mínimo para el cargo de ?Director de Proyecto?, deberá presentar el CERTIFICADO LABORAL con CenturylinkEcuador S.A. donde indique el MONTO del contrato debidamente notariado y con firma electrónica del oferente, conforme lo establecido en el art. 24.1 de la RESOLUCIÓN No. RE- SERCOP-2016-0000072 y en las condiciones particulares del pliego.
R: -Se adjunta Certificado Laboral Notarizado y con firma electrónica, en el cual se indica el MONTO del contrato en el que participó el personal técnico mínimo para el cargo del ?Director de Proyecto?
22/10/2021
P: 1.3En cuanto a la experiencia específica del oferente en ?SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE SISTEMAS DE TELECOMUNICACIÓN? de la contratante OLEODUCTO DE CRUDOS PESADOS ECUADOR S.A. deberá presentar el Contrato o Certificado de Cumplimiento, debidamente notariado y con firma electrónica del oferente, conforme lo establecido en el art. 24.1 de la RESOLUCIÓN No. RE- SERCOP-2016-0000072 y en las condiciones particulares del pliego.
R: -Se adjunta copia notarizada y con firma electrónica el Contrato de ?Prestación de Servicios de Mantenimiento para las plataformas tecnológicas de telecomunicaciones – OCA 10937? con el respectivo Aviso de Adjudicación RFQ 17245 – Servicio de Mantenimiento de Sistema de Telecomunicación suscrito con la empresa OLEODUCTO DE CRUDOS PESADOS ECUADOR S.A.
22/10/2021
P: 1.2En cuanto a la experiencia específica del oferente en ?SISTEMAS DE CONECTIVIDAD? de la contratante OLEODUCTO DE CRUDOS PESADOS ECUADOR S.A. deberá presentar el Contrato o Certificado de Cumplimiento, debidamente notariado y con firma electrónica del oferente, conforme lo establecido en el art. 24.1 de la RESOLUCIÓN No. RE- SERCOP-2016-0000072 y en las condiciones particulares del pliego.
R: -Se adjunta copia notarizada y con firma electrónica del Contrato de ?Prestación de Servicios Unificados de Conectividad – OCA 10936? con el respectivo Aviso de Adjudicación RFQ 17238 – Servicio de Conectividad suscrito con la empresa OLEODUCTO DE CRUDOS PESADOS ECUADOR S.A.
22/10/2021
P: 1.1La compañía oferente deberá corregir y presentar la ?CARTA DE COMPROMISO? del DIRECTOR del proyecto en virtud de que consta un nombre distinto al personal propuesto. La documentación deberá constar con firma electrónica del oferente, conforme lo establecido en el art. 24.1 de la RESOLUCIÓN No. RE- SERCOP-2016-0000072 y en las condiciones particulares del pliego.
R: Se Adjunta la Carta de Compromiso con la corrección del nombre del DIRECTOR del Proyecto y la firma electrónica requerida.
22/10/2021
P: ACLARACION
R: En el archivo anexo denominado ?CONDICIONES PARTICULARES DEL PLIEGO?, SECCIÓN II, OBJETO DE LA CONTRATACIÓN, PRESUPUESTO REFERENCIAL, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS O TÉRMINOS DE REFERENCIA en el numeral 6. ?Especificaciones técnicas?, agréguese lo siguiente: ver ACTA 001-R2-SIE-MIMG-097-2021-ACLARACIÓN 1ESTÁNDARES DE INFRAESTRUCTURA DE RED DEL MUNICIPIO DE GUAYAQUIL - 1.En cada clínica móvil debe instalarse un UPS de mínimo 1 KVA.2.El equipo a dimensionar para configurar una VPN IPSec en la CSCG requiere mínimo 200 Usuarios concurrentes y un Throughput de 75 Mbps.3.La herramienta de monitoreo debe realizar análisis de video que permita generar una alarma o notificación al operador de la Corporación para la Seguridad Ciudadana de Guayaquil cuando una persona, vehículo, animal u otra clasificación configurada previamente, permanezca en movimiento dentro de un área virtual en el horario no laborable 17:01 – 07:594.El Data Center local donde se deberá alojar la herramienta de ...
07/10/2021
P: Por la naturaleza del servicio, objeto de la contratación, y al tratarse de un servicio público y estratégicode telecomunicaciones regulado por el órgano competente, no se deberán aplicar multas, ya que el ente encargado de su control y regulación es la ARCOTEL. Por favor indicar su conformidad con la no aplicación de multas.
R: No se acepta. El procedimiento se trata de un SERVICIO DE CONECTIVIDAD QUE CUMPLAN CON LA VIDEO VIGILANCIA EN TIEMPO REAL, de acuerdo a la LOSNCP en su Art. 71.- Cláusulas obligatorias, en su párrafo 2 indica textualmente ?Las multas se impondrán por retardo en la ejecución de las obligaciones contractuales conforme al cronograma valorado, así como por incumplimientos de las demás obligaciones contractuales, las que se determinarán por cada día de retardo las multas se calcularán sobre el porcentaje de las obligaciones que se encuentran pendientes de ejecutarse conforme lo establecido en el contrato.? el ente regulador en la Contratación Pública es el SERCOP.
04/10/2021
P: En virtud de que el objeto de la contratación prevista en los pliegos corresponde a un Servicio catalogadocomo público por el ordenamiento jurídico vigente, no aplican las garantías previstasen la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. Se aceptará lo indicado?
R: No se acepta. El procedimiento se trata de un SERVICIO DE CONECTIVIDAD QUE CUMPLAN CON LA VIDEO VIGILANCIA EN TIEMPO REAL, de acuerdo a la LOSNCP en su Art. 69.- Suscripción de contratos, en su párrafo 5, establece que ?Para la suscripción del contrato, será requisito previo la rendición de las garantías correspondientes.?.
04/10/2021
P: En el caso de falta de pago por parte de EL SUSCRIPTOR dentro de los tiemposestablecidos, EL PROVEEDOR podrá proceder a suspender el servicio dentro de los dos 2 días calendarios posteriores a Su fecha depago máxima. Se aceptará la cláusula de pagos de EL PROVEEDOR?
R: No se acepta. El procedimiento se trata de un SERVICIO DE CONECTIVIDAD QUE CUMPLAN CON LA VIDEO VIGILANCIA EN TIEMPO REAL, por lo que la M.I Municipalidad de Guayaquil es la Entidad Contratante y el proveedor el Contratista quien prestará el servicio así mismo es quien se someterá a lo dispuesto en dicho contrato, por lo que de suspender el servicio se procederá con la aplicación de la LOSNCP en su Art. 71.- Cláusulas obligatorias, en su párrafo 2 indica textualmente ?Las multas se impondrán por retardo en la ejecución de las obligaciones contractuales conforme al cronograma valorado, así como por incumplimientos de las demás obligaciones contractuales, las que se determinarán por cada día de retardo las multas se calcularán sobre el porcentaje de las obligaciones que se encuentran pendientes de ejecutarse conforme lo establecido en el contrato.? .
04/10/2021
P: La Disposición General 5ta del Reglamento General de la LOSNCP manifiesta que los formatos reguladostales como pólizas de seguros, servicios básicos, de telecomunicaciones, y otros no observarán los formatos de los modelos de pliegos obligatorios, ni cumplirán con las cláusulas obligatorias del SNCP. De igual manera la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, en su art.118, numeral10, señala que constituye una infracción de segunda clase que el operador de telecomunicaciones acepte la suscripción de contratos de servicios con usuarios, utilizando modelos que no se sujeten a las condiciones generales o modelos no aprobados por la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones. En virtud de que el contrato mediante el cual EL PROVEEDOR prestará el servicio solicitado en los pliegos corresponde a un formato regulado por el órgano competente, La entidad contratante suscribirá los contratos tipo de EL PROVEEDOR para el servicio de Internet?
R: El procedimiento se trata de un SERVICIO DE CONECTIVIDAD QUE CUMPLAN CON LA VIDEO VIGILANCIA EN TIEMPO REAL, por lo que la Muy Ilustre Municipalidad de Guayaquil, cumplirá lo establecido en la LEY ORGANICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA y normativa vigente en la legislación ecuatoriana.Por lo que se aclara: la Disposición General Quinta, establece en Seguridades informáticas, que ?Para la realización de los procedimientos electrónicos previsto en esta Ley, se emplearán métodos actualizados y confiables para garantizar el correcto funcionamiento del Portal COMPRASPÚBLICAS y el uso eficiente y seguro de las herramientas informáticas.? Contenido en el Suplemento del Registro Oficial No. 395, 4 de agosto 2008, en su Última Reforma: Segundo Suplemento del Registro Oficial 392, 17-II-2021 por otro en la DISPOSICIONES TRANSITORIAS EN LEYES REFORMATORIAS, LOSNCP en su Agregado por el Art. 28 de la Ley. s/n, R.O. 100-2S, 14-X-2013 en Segunda, establece que ?El organismo nacion
04/10/2021
P: Apegados en la Resolución RE-SERCOP-2021-011, que indica que cada anexo o documentación de respaldoque se adjunte, y que hayan sido firmados o emitidos por un tercero con firma manuscrita, deberán ser digitalizados y este documentoserá firmado electrónicamente por el oferente. Esta firma implicará la declaración de que todos los documentos presentados sonauténticos, exactos y veraces, y que el oferente se hace responsable de los mismos dentro de los controles po
R: Es correcto. La Resolución a la que hace referencia es la Resolución No. RE-SERCOP-2021-0112, con fecha de emisión el 15 de enero de 2021.
04/10/2021
P: Se solicita que a la firma del contrato se presenten los documentos notariados del personal técnico
R: No se acepta. Mediante Oficio Nro. SERCOP-SERCOP-2017-1226-OF el Servicio Nacional de Contratación Pública determinó que la disposición del Municipio de Guayaquil de solicitar copias certificadas ante Notario Público no afecta a la aplicación de los principios del Sistema Nacional de Contratación Pública y podrán ser aplicados por esta entidad contratante de considerarlo pertinente en los procedimientos de contratación pública, razón por la cual los oferentes deberán presentar la documentación notariada de conformidad a lo indicado en el pliego.
04/10/2021
P: Se solicita que se ponga opcional la presentación de La Certificación ISO 20000, misma que indicado por sus palabras en el proceso anterior R-SIE-MIMG-097-2021 establece una implementación efectiva y un planteamiento estructurado para DESARROLLAR servicios de tecnología de la información fiables en lo referente a la gestión de servicios de TI. La certificación permite demostrar de manera independiente que los servicios ofrecidos cumplen con las mejores prácticas. Este proceso se trata de brindar internet móvil a las clinicas asi como camaras de seguridad, DVR, BOTONES DE PANICO, ROUTER UPS Y SWITCH. Dejandolo asi solo 2 empresas en el pais pueden presentarse y el mismo concurso ya se ha caido ya en 2 ocasiones y a su vez no se da paso al Art. 4 del SERCOP sobre igualdad de condiciones. En procesos de mayor monto el MIMG nunca lo ha solicitado.
R: No se acepta, se requiere la implementación de servicios de tecnología de información fiables y seguros, que con la certificación ISO 20000 se garantiza que los servicios ofrecidos cumplen con las mejores prácticas. Todo esto para cumplir con el REGLAMENTO DE INFORMACIÓN CONFIDENCIAL EN SISTEMA NACIONAL DE SALUD, Capítulo IV, SEGURIDAD EN LA CUSTODIA DE LAS HISTORIAS CLÍNICAS, artículo 18. la misma deberá ser presentada de conformidad a la firma del contrato.
04/10/2021
P: Se solicita que se ponga opcional la presentación de La certificación PCI DSS, misma que indicado por sus palabras en el proceso anterior R-SIE-MIMG-097-2021 responden que el PCI-DSS incrementa la seguridad de los datos que intervienen en las transacciones online, por lo que los datos que se manejan en las clínicas móviles son sensibles, debido a esto, se deben asegurar todos los mecanismos de seguridad para blindar su exposición, por la tanto, se requiere proteger la información crítica y confidencial que tiene y administra la Municipalidad de Guayaquil. Este proceso se trata de brindar internet móvil a las clinicas asi como camaras de seguridad,etc, etc para atencion gratuita a la CIUDADANIA. En dichos datos estará la atención del paciente, medicina brindada y diagnostico, mas no datos sensibes tanto para la entidad ni para la ciudadania al atenderse en un lugar de medicina gratuita. Dejandolo asi solo 2 empresas en el pais pueden presentarse y no se cumple el Art 4 de del SERCOP.
R: No se acepta, porque los datos que contiene la atención del paciente, medicina brindada y diagnóstico son datos confidenciales, en cumplimiento con el REGLAMENTO DE INFORMACIÓN CONFIDENCIAL EN SISTEMA NACIONAL DE SALUD, Capítulo III, CONFIDENCIALIDAD EN LOS DOCUMENTOS CON INFORMACIÓN DE SALUD, artículos 7, 8, 9, 10, 11 y 12. Es importante indicar, que los Términos de Referencia de este proceso, se establecieron en función de las necesidades específicas a ser cubiertas, de los objetivos, características y condiciones de prestación requeridos, así como de la normativa vigente en salud citada en el párrafo anterior y en la RESOLUCIÓN No. RE-SERCOP-2016-0000072 de 31 de agosto de 2016, Capítulo II. DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, TÉRMINOS DE REFERENCIA Y EL ESTABLECIMIENTO DE PLAZOS Y TÉRMINOS QUE FORMAN PARTE DE LOS PLIEGOS PARA LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA, Sección I, Especificaciones técnicas y términos de referencia, Artículo 109, numerales 1 y 2.
04/10/2021
P: Se solicita que se ponga opcional la presentación de AS RANK misma que indicado por sus palabras en el proceso anterior R-SIE-MIMG-097-2021 responden que: nos garantiza que el proveedor tenga una red libre de tránsito, lo que le permite llegar a todas las redes de Internet sin necesidad de comprar tránsito IP, debido a que se conectan directamente a la red troncal de Internet, por lo que ofrecen las conexiones de mayor velocidad y redes más seguras y confiables, que es lo que se requiere porque a través del enlace de Internet se va a monitorear 24x7 el sistema de video vigilancia de las clínicas móviles. SOLICITAMOS la presentacion del certificado del AEPROVI en el que el proveedor cuenta con Acceso Peering Local, y que posee interconexión directa con el NAP de dicha institución, con una capacidad mínima de 1 Gbps en Guayaquil y 1 Gbps en Quito. Dando paso al Art4 del SERCOP. En procesos de mayor monto el MIMG nunca ha solicitado aquello.
R: No se acepta. En las funciones que tiene AEPROVI no está la de certificar a sus socios de la infraestructura con que cuentan. Se adjunta link de la página Web de AEPROVI: https://aeprovi.org.ec/es/quienes-somos/objetivos
04/10/2021
P: Informamos a ustedes que nuestra representada constituyó el FIDEICOMISO MERCANTIL denominadoFIDEICOMISO MERCANTIL DE ADMINISTRACION RECURSOS Y PAGOS mediante escritura publica en una notaria de la ciudad de Guayaquil, para que de manera formal los pagos de nuestros clientes se tengan quehacer a dicha cuenta bancaria de entidades del estado o banca privada, particular que pongo a su conocimiento para los fines pertinentes y la misma sea aceptada.
R: Estimado, oferente conforme lo establecido en la Constitución de la República del Ecuador en su art. 299.- [?] ?Los recursos públicos se manejarán en la banca pública, de acuerdo con la ley. La ley establecerá los mecanismos de acreditación y pagos, así como de inversión y recursos financieros.? Énfasis agregado.
04/10/2021
P: QUE ES UNA CLINICA MOVIL? NECESITA EQUIPAMIENTO A MAS DEL SERVICIO?
R: Las clínicas móviles brindan atención médica en Guayaquil, están ubicadas en sitios estratégicos de la ciudad. Las brigadas se movilizan mensualmente por varios lugares de la ciudad. Cada clínica móvil cuenta con 2 médicos, 1 Odontólogo y una auxiliar de Enfermería. Su función principal es brindar atención gratuita a las personas que más necesitan y no necesita equipamiento médico. Lo que se requiere en cada clínica móvil lo encuentra en condiciones particulares del pliego subasta inversa, sección II, numeral 2.3, Especificaciones técnicas o términos de referencia, numeral 6, PRODUCTOS O SERVICIOS ESPERADOS.
30/09/2021
P: QUE CANTIDAD DE DATOS SE NECESITA POR CLINICA ?
R: En cada clínica móvil se debe trabajar con el sistema hospitalario que dispone el municipio, por lo que en cada una de ellas se efectúan en promedio 100 consultas diarias, es decir que son 3500 consultas diarias, que acceden a los siguientes módulos: Atención intra-hospitalaria que incluye historia clínica, laboratorios, imágenes, cirugías, procedimientos no quirúrgicos, terapias y órdenes para enfermería, entre otros Atención ambulatoria, Demanda inducida, Atención domiciliaria, Procesos de apoyo, Facturación/glosas/ cartera, Logístico: Requisiciones, Cotizaciones, órdenes de compra, almacén, inventarios, farmacia, órdenes médicas, aplicación de medicamentos Cuentas por pagar / cuentas médicas, Administrativo y financiero.
30/09/2021
P: FAVOR ENVIAR TDR ANTES DEL PLAZO DE ENVIO DE PREGUNTAS NO EXISTE EN LOS ARCHIVOS NO SE SABE QUE SERVICIO NECESITAN
R: Las especificaciones técnicas o términos de referencia para la presente contratación se encuentran detalladas en el archivo anexo denominado ?Condiciones Particulares R2-SIE-MIMG-097-2021?, SECCIÓN II OBJETO DE LA CONTRATACIÓN, PRESUPUESTO REFERENCIAL, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS O TÉRMINOS DE REFERENCIA, numeral 2.3, Especificaciones técnicas o términos de referencia.
30/09/2021
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