BOL SERVICIOS TECNICOS PARA LA INSTALACION Y NORMALIZACION DE LOS REGISTRADORES DE ENERGIA EN EL AREA DE SERVICIO DE CNEL EP UN BOLIVAR GC
Información del Proceso
Presupuesto y Valor
Participantes (6)
Preguntas y Respuestas (16)
1. Dentro del proceso de revisión de la integridad de la oferta, específicamente en la documentación presentada para la verificación de vehículos, se analizó el documento denominado ?30-82-8-4 COMPROMISO DE ALQUILER DE VEHÍCULOS Hernán?, en el cual se evidenció la omisión de la firma electrónica del Representante Legal de la empresa oferente, señor Fernando Quiroz Aguilar. PUNTOS 2 Y 3 VER ANEXO
La oferta presentada por CONSULTOMAX S.A. no presenta omisiones de fondo que afecten la integridad técnica o económica del proyecto. Las observaciones señaladas por la Comisión Técnica de CNEL EP corresponden exclusivamente a errores de forma, tales como falta de firmas electrónicas en anexos, omisión de documentos de soporte para condiciones ya declaradas e inconsistencias de tipeo. Al subsanar estos puntos dentro del plazo legal, la oferta cumple plenamente con los requerimientos de los pliegos y la normativa de contratación pública, garantizando la disponibilidad del equipo y personal técnico mínimo para la calificación del proceso LICS-CNELEP-2025-053 FAVOR REVISAR LA RESPUESTA DE CONVALIDACION DE ERRORES, DONDE ESTA MAS COMPLETO Y LOS ARCHIVOS ADJUNTOS
ACLARACION
ACLARACION Si bien en los Términos de Referencia no se establece una distribución específica entre camionetas 4x4 y 4x2, el oferente adjudicado deberá garantizar la capacidad de movilización necesaria para acceder a vías de tercer nivel, considerando la realidad geográfica de la provincia de Bolívar, en la cual aproximadamente el 50 % de los clientes se encuentran en zonas rurales.En consecuencia, la logística y disponibilidad vehicular deberán asegurar el cumplimiento oportuno y eficiente del objeto contractual durante toda la ejecución del contrato.
Para el cargo de Supervisor, se puede presentar experiencia de Fiscalización en en proyectos de servicios comerciales de instalación de Medidores, y/o revisión de sistemas de medición residencial, comercial e industrial, o construcción y/o mantenimiento de redes de distribución de medio y/o bajo voltaje?
En atención a la consulta formulada, se aclara que, para el cargo de Supervisor, sí se aceptará la experiencia acreditada en funciones de Fiscalización, siempre que dicha experiencia corresponda a proyectos de servicios comerciales de instalación de medidores, revisión de sistemas de medición residencial, comercial o industrial, o construcción y/o mantenimiento de redes de distribución de medio y/o bajo voltaje.La experiencia deberá estar debidamente certificada, guardar relación directa con el objeto del proceso, y permitir verificar de manera objetiva el desempeño de funciones técnicas y de supervisión acordes al perfil requerido.La evaluación se realizará bajo el criterio de Cumple / No Cumple, conforme a la documentación presentada.
Para el cargo de Administrador o Representante Técnico, se puede presentar experiencia de Fiscalización en en proyectos de servicios comerciales de instalación de Medidores, y/o revisión de sistemas de medición residencial, comercial e industrial, o construcción y/o mantenimiento de redes de distribución de medio y/o bajo voltaje?
En atención a la consulta formulada, se aclara que, para el cargo de Administrador o Representante Técnico, sí se aceptará la experiencia acreditada en funciones de Fiscalización, siempre que dicha experiencia corresponda a proyectos de servicios comerciales de instalación de medidores, revisión de sistemas de medición residencial, comercial o industrial, o construcción y/o mantenimiento de redes de distribución de medio y/o bajo voltaje.La experiencia deberá encontrarse debidamente certificada, guardar relación directa con el objeto del proceso, y permitir verificar de manera objetiva el desempeño de funciones técnicas y de supervisión acordes al perfil requerido.La evaluación se realizará bajo el criterio de Cumple / No Cumple, conforme a la documentación presentada.
FAVOR ACLAR LO SIGUIENTE, EL CONTRATISTA DEBERA SUMINISTRAR A CNEL CONTENEDORES METALICOS TRANSPORTABLES PARA ALMACENAR LOS MATERIALES DESISTALADOS? E INDICAR LA CANTIDAD DE LOS MISMOS.SI ES AFIRMATIVA LA RESPUESTA FAVOR INDICAR EN Q RUBRO SE ENCUENTRA EL MISMO YA QUE EL PRECIO DE UN CONTEINER ES DEMASIADO ALTO Y LOS PRECIOS QUE OFERTA CNEL SON MUY BAJOS Y NO ALCANZA PARA LA COMPRA DEL MISMO
En atención a la consulta formulada, se aclara que el contratista sí deberá suministrar contenedores metálicos transportables a prueba de agua (containers) para el almacenamiento ordenado de los materiales desinstalados o en desuso, conforme a la metodología y formatos que disponga el Administrador del Contrato.La cantidad, condiciones, lugares y fechas de entrega de dichos contenedores serán determinadas por el Administrador del Contrato, en función de las necesidades operativas, con la finalidad de evitar aglomeración y desorden en las bodegas de CNEL EP.Respecto al aspecto económico, se aclara que la provisión de estos contenedores forma parte de las obligaciones contractuales del proveedor, por lo que su costo deberá ser considerado dentro de la oferta económica, sin que ello implique la creación de un rubro independiente ni la modificación del presupuesto referencial del proceso.La verificación del cumplimiento de esta obligación se realizará en la etapa de ejecución contrac
EN EL CASO DEL PERSONAL TECNICO, SE DEBE PRESENTAR LAS LICENCIA DE RIESGOS EN LA OFERTA?
En atención a la consulta formulada, se aclara que, para la presentación de la oferta, no es obligatorio presentar las licencias de riesgos del personal técnico.En consecuencia, dichas licencias deberán ser presentadas por el oferente adjudicado, previo al inicio de la ejecución del contrato y conforme a la normativa de seguridad y salud ocupacional vigente, como requisito habilitante para el inicio de actividades.La verificación se realizará en la etapa correspondiente, sin que su no presentación en la oferta constituya causal de descalificación.
FAVOR INDICAR SI LOS ELECTRICISTAS SE DEBEN PRESENTAR LA DOCUMENTACION PERTINENTE
En atención a la consulta formulada, se aclara que, para la presentación de la oferta, no es obligatorio que los electricistas presenten documentación habilitante, toda vez que dicha exigencia aplica únicamente al personal técnico mínimo requerido para la evaluación del proceso.En consecuencia, la documentación correspondiente a los electricistas será exigida únicamente al oferente adjudicado, previo al inicio de la ejecución contractual, conforme a lo establecido en los requisitos del proceso.La verificación se realizará en la etapa correspondiente, bajo el criterio que determine la normativa aplicable.
ESTIMADOS MIEMBROS DE LA COMISION , EN LA EXPERIENCIA REQUERIDA PARA LOS SUPERVISORES SE ACEPTARA EL CARGO DE REPRESENTANTE TECNICO
En atención a la consulta formulada, se aclara que, para la acreditación de la experiencia requerida para el cargo de Supervisor, sí se aceptará la experiencia acreditada en el cargo de Representante Técnico, siempre que dicha experiencia se encuentre directamente relacionada con actividades de supervisión técnica, y que estas consten expresamente detalladas y certificadas en la documentación presentada.La experiencia será evaluada bajo el criterio de Cumple / No Cumple, considerando únicamente aquella que pueda ser objetivamente verificada mediante los documentos habilitantes correspondientes.
ESTIMADOS MIEMBROS DE LA COMISION , EN LA EXPERIENCIA REQUERIDA PARA LOS AUXILIARES DE SUPERVISORES SE ACEPTARA EL CARGO DE REPRESENTANTE TECNICO
En atención a la consulta formulada, se aclara que, para la acreditación de la experiencia requerida para los Auxiliares de Supervisión, sí se aceptará la experiencia acreditada en el cargo de Representante Técnico, siempre que dicha experiencia se encuentre directamente relacionada con actividades de supervisión técnica, y que estas consten expresamente detalladas y certificadas en la documentación presentada.La experiencia será evaluada bajo el criterio de Cumple / No Cumple, considerando únicamente aquella que pueda ser objetivamente verificada mediante los documentos habilitantes correspondientes.
Estimados miembros de la comisión en la experiencia del oferente dice deberá acreditar experiencia general con contrataciones en el mismo CPC Conforme a lo dispuesto en la normativa vigente, 691110211 , INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO DE MEDIDORES, es decir que todo lo que corresponda a este CPC, sera considerado si o no ?
En atención a la consulta formulada, se aclara que, para la acreditación de la experiencia general del oferente, sí será considerada toda experiencia contractual que corresponda al CPC 691110211 – Instalación y mantenimiento de medidores, conforme a lo dispuesto en la normativa vigente.En tal sentido, se reconocerán las contrataciones ejecutadas dentro de dicho CPC, siempre que estas se encuentren debidamente certificadas y documentadas, y que guarden relación directa con el objeto contractual del presente proceso.La verificación y calificación de la experiencia se realizará bajo el criterio de Cumple / No Cumple, con base en la documentación presentada por el oferente.
DE QUE AÑO SERÁN CONSIDERADAS LAS CAMIONETAS REQUERIDA
En atención a la consulta formulada, se aclara que, para el presente proceso, se considerarán únicamente camionetas cuyo año de fabricación sea 2015 en adelante.En consecuencia, no se aceptarán vehículos con año de fabricación anterior al indicado, requisito que será verificado mediante la matrícula vehicular u otro documento oficial habilitante, bajo el criterio de Cumple / No Cumple.
ESTIMADOS MIEMBROS DE LA COMISIÓN , EL CILINDRAJE DE LAS CAMIONETAS SERA ACEPTADO EL 1996 YA QUE ALGUNAS MARCAS DE CAMIONETA 4X4 VIENEN CON ESE CILINDRAJE
En atención a la consulta formulada, se aclara que, para el presente proceso, sí se aceptarán camionetas con un cilindraje mínimo de 1.996 cm, considerando que determinadas marcas y modelos de camionetas 4x4 se fabrican con dicho cilindraje.En consecuencia, no se aceptarán camionetas con un cilindraje inferior a 1.996 cm, requisito que será verificado mediante la documentación vehicular correspondiente.La evaluación se realizará bajo el criterio de Cumple / No Cumple.
ESTIMADOS MIEMBROS DE LA COMISION LAS CAMIONETAS REQUERIDAS PARAESTE PROCESO DEBEN SER COOPERADAS SI O NO ?
En atención a la consulta formulada, se aclara que las camionetas requeridas para la ejecución del presente proceso deberán ser cooperadas, en cumplimiento de lo dispuesto en el Capítulo denominado ?De la Contratación de Servicios de Transporte Terrestre? de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, reformada mediante Ley Orgánica Reformatoria publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 407 del 31 de diciembre de 2014.En particular, conforme al artículo enumerado tercero incorporado luego del artículo 85 de la citada Ley, en los procesos de contratación pública en los que se requiera el uso de transporte terrestre para la ejecución del objeto contractual, las entidades del Estado deberán exigir que dicho servicio sea contratado únicamente con operadoras que cuenten con su respectivo título habilitante vigente, otorgado por la autoridad de tránsito competente, o conforme a la normativa de tránsito vigente aplicable.VER ANEXO
En caso de acreditar experiencia como Fiscalizador, se solicita aclarar qué porcentaje del monto contratado será considerado para la calificación de la experiencia general y especifica , conforme a la ley.
En atención a la consulta formulada, se aclara que, para la acreditación de experiencia general y específica, cuando esta haya sido obtenida en calidad de Fiscalizador, se considerará únicamente el monto efectivamente ejecutado y certificado correspondiente a las actividades desarrolladas en dicha función.En consecuencia, no se reconocerá un porcentaje fijo del monto total del contrato, sino exclusivamente el valor que se encuentre debidamente respaldado mediante certificados de experiencia, actas de recepción, actas de finiquito u otros documentos habilitantes que permitan verificar de manera objetiva la participación del oferente como Fiscalizador, conforme a la normativa vigente del Sistema Nacional de Contratación Pública.La evaluación se realizará bajo el criterio de Cumple / No Cumple, en estricto cumplimiento de lo establecido en los Términos de Referencia del proceso y la legislación aplicable.
En caso de acreditar experiencia como Residente de obra, se solicita aclarar qué porcentaje del monto contratado será considerado para la calificación de la experiencia general y especifica , conforme a la ley.
En atención a la consulta planteada, se aclara que, para la acreditación de experiencia general y específica, cuando esta haya sido obtenida en calidad de Residente de Obra, se considerará únicamente el monto efectivamente ejecutado y certificado correspondiente a las funciones desempeñadas en dicha calidad.En consecuencia, no se aplicará un porcentaje fijo del monto total del contrato, sino que se reconocerá el valor que conste debidamente respaldado en los certificados de experiencia, actas de recepción, actas de finiquito u otros documentos habilitantes que acrediten de forma objetiva la participación del oferente como Residente de Obra, conforme a lo establecido en la normativa vigente del Sistema Nacional de Contratación Pública.La evaluación se efectuará bajo el criterio de Cumple / No Cumple, observando estrictamente lo dispuesto en los Términos de Referencia del proceso y la legislación aplicable.
ESTIMADA COMISIÓN TECNIFA, PORFAVOR RESPONDER DE FORMARA CLARA :En caso de acreditar experiencia como Supervisor, se solicita aclarar qué porcentaje del monto contratado será considerado para la calificación de la experiencia general y especifica , conforme a la ley.
En atención a la consulta formulada, se aclara que, para efectos de la acreditación de experiencia general y específica, cuando esta haya sido obtenida en calidad de Supervisor, se considerará exclusivamente el monto efectivamente ejecutado y certificado correspondiente a las actividades desempeñadas en dicha función.En tal sentido, no se reconocerá automáticamente un porcentaje del monto total del contrato, sino únicamente el valor que conste debidamente respaldado en los certificados de experiencia, actas de finiquito u otros documentos habilitantes que acrediten de manera objetiva la participación del oferente como Supervisor, conforme a lo dispuesto en la normativa vigente del Sistema Nacional de Contratación Pública.La evaluación se realizará bajo el criterio de Cumple / No Cumple, observando estrictamente lo establecido en los Términos de Referencia del proceso y la legislación aplicable.